BANCO FALABELLA/YALPI
Rol
Fecha
5 de agosto de 2019
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS: Que el recurso de apelación materia del presente ingreso, fue interpuesto con fecha veintiséis de junio de los corrientes, en contra de la resolución de diecinueve de junio de dos mil diecinueve, notificada al recurrente con la misma fecha por el estado diario. Que conforme la regla general establecida en el inciso primero del artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de apelación, contra toda resolución que no sea la sentencia definitiva, debe ser interpuesto dentro de quinto día de notificada. Luego, en dichos términos, el plazo legal se encontraba vencido en estos autos a la fecha de interposición del presente recurso. Y conforme lo estatuido en los artículos 188, 189, 201 y 205, todos del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el veintiséis de junio del año en curso, contra la resolución de diecinueve de junio de dos mil diecinueve. Devuélvase. N°Civil-8952-2019./gvs/
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el veintiséis de junio del año en curso, contra la resolución de diecinueve de junio de dos mil diecinueve. Devuélvase. N°Civil-8952-2019./gvs/
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cinco de agosto de dos mil diecinueve. Póngase en conocimiento de las partes la constancia que antecede, para los efectos previstos en al artículo 125 del Código de Procedimiento Civil. VISTOS: Que el recurso de apelación materia del presente ingreso, fue interpuesto con fecha veintiséis de junio de los corrientes, en contra de la resolución de diecinueve de junio de d
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