/LIBERTAD
Rol
Fecha
15 de julio de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: Comparece Francheska Katherine Araya Carvajal, Defensora Penal Pública Penitenciaria, deduciendo recurso de amparo en favor de Oliver Antonio Pizarro Carvajal y en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional contenida en el oficio 788-2019 de fecha 12 de abril de 2019. Evacuando informe la recurrida, solicita el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: La acción cautelar constitucional impugna la resolución de la Comisión de Libertad Condicional contenida en el Oficio 788-2019 dictada el 12 de abril de 2019, mediante la cual se rechaza la postulación del amparado al beneficio de la libertad condicional, ello sin ajustarse a derecho, por lo que su privación de libertad se torna arbitraria e ilegal. Expone que su representado se encuentra cumpliendo condena impuesta por el Juzgado de Garantía de Antofagasta en causas RIT 11419-2016, 2113-2011 y 8202-2016, como autor de los delitos de receptación y portar elementos conocidamente destinados a cometer el delito de robo, sufriendo la pena de 3 años u 1 día de presidio menor en su grado máximo, 61 días y 434 días y que, de acuerdo con la información proporcionada por Gendarmería de Chile, registra como inicio de condena el 26 de septiembre de 2016 proyectándose su cumplimiento para el 03 de febrero de 2021, siendo su fecha de tiempo mínimo para postular a la libertad condicional el 30 de noviembre de 2018. Agrega que al considerarse por Gendarmería de Chile mediante su tribunal de conducta que el amparado cumple con todos los requisitos legales y reglamentarios fijados por el D.L 321, el primer semestre de este año fue postulado a la Comisión para optar al beneficio. Explica que en la sesión del 12 de abril del año en curso se rechazó la petición de libertad condicional, argumentándose que, no obstante, el postulante cumple con los requisitos de tiempo mínimo y conducta, luego de un análisis efectuado por la comisión, éste no cumple por unanimidad, con el requisito de contar con un informe psicosocial favorable para reinsertarse adecuadamente en la sociedad, debido a su riesgo de reincidencia, sumado al alto compromiso delictual que presenta, unido a un deficiente balance decisional, no considerar las posibles consecuencias de accionar, tendencia a comportamientos impulsivos, mostrándose sobre adecuado al sistema intramuros con una actitud desfavorable hacia la condena, y la baja conciencia de la gravedad del delito y del daño causado, requisito indispensable de acuerdo con el estándar normativo exigido para otorgar la libertad condicional. Lo anterior, en razón que de acuerdo con el artículo 1° del D.L N° 321, es un medio de prueba de que el condenado a una pena privativa de libertad y a quien se le concede el beneficio, demuestre avances en su proceso de reinserción social, lo que actualmente no existe. Destaca que, el informe fue elaborado por la asistente social del Centro de Detención Preventiva de Tal-Tal, el cual no cumple con el rigor técnico que la legislación vigente exige, pues no ha sido elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile, sino únicamente por un profesional. Luego, falta en aquel informe los avances en el proceso de reinserción social del amparado, que permitan conocer las diversas intervenciones que según el Plan de Intervención Individual deben ser abordadas por la Admi
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema del 19 de diciembre de 1932, sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, SE ACOGE sin costas, el recurso de amparo interpuesto por Francheska Katherine Araya Carvajal, Defensora Penal Pública Penitenciaria, en favor de Oliver Antonio Pizarro Carvajal y en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional contenida en el oficio 788-2019 de fecha 12 de abril de 2019, dejándose sin efecto la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional reunida en abril pasado, y se le reconoce el derecho a la libertad condicional impetrado, debiendo seguirse a su respecto el procedimiento establecido en la ley y en el reglamento para su materialización. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol 101-2019 (AMPARO)
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a quince de julio dos mil diecinueve. VISTOS: Comparece Francheska Katherine Araya Carvajal, Defensora Penal Pública Penitenciaria, deduciendo recurso de amparo en favor de Oliver Antonio Pizarro Carvajal y en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional contenida en el oficio 788-2019 de fecha 12 de abril de 2019. Evacuando informe la recurrida, solicita el rechaz
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