JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE VALPARAISO

BURGOS / ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VALPARAÍSO

Rol

Fecha

15 de julio de 2019

Materia

REAJUSTES E INTERESES

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: Por sentencia de quince de mayo de dos mil diecinueve, dictada en los antecedentes RIT T-705-2018, RUC 1840154165-5, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, se acogió la demanda de tutela laboral deducida por don Jorge Antonio Burgos Ojeda, en contra de la Ilustre Municipalidad de Valparaíso solo en cuanto se declara que la denunciada vulneró determinados derechos constitucionales del actor, con ocasión del despido, ordenando se pague una indemnización de $16.131,714, conforme lo dispone el artículo 489 del Código del Trabajo. En contra de la referida resolución recurre de nulidad don Nicolás Guzmán Mora, en representación de la demanda, invocando la causal de incompetencia del tribunal, contenida en la letra a) del artículo 478 del Código del Trabajo. En subsidio, alega la de infracción de ley prevista en el artículo 477 del mismo cuerpo legal. Solicita se anule la sentencia y se dicte una de reemplazo en la que se rechace la demanda. Considerando. 1° Que, en un primer capítulo del recurso, se alega que el Juzgado de Letras del Trabajo no es competente para conocer la denuncia de tutela laboral. Explica que el actor trabajó para la Municipalidad en calidad de contrata, que no se ha discutido en este procedimiento la existencia de una relación laboral y que la autoridad competente para conocer de todo lo relacionado con el Estatuto Administrativo y la legalidad de los actos de la Administración es la Contraloría General de la República. Agrega que no existe análisis que explique la razón por la cual se aplica a la Ilustre Municipalidad las normas del Código del Trabajo; y que la discusión de la legalidad de la desvinculación del demandante y las relaciones del actor con la demandada deben someterse a las normas propias de los actos administrativos y del Estatuto Administrativo de los Funcionarios Municipales. 2° Que la causal de nulidad invocada es la incompetencia del tribunal sustentada en la letra a) del artículo 478 del Código de

Fallo

se declara que la denunciada vulneró determinados derechos constitucionales del actor, con ocasión del despido, ordenando se pague una indemnización de $16.131,714, conforme lo dispone el artículo 489 del Código del Trabajo. En contra de la referida resolución recurre de nulidad don Nicolás Guzmán Mora, en representación de la demanda, invocando la causal de incompetencia del tribunal, contenida en la letra a) del artículo 478 del Código del Trabajo. En subsidio, alega la de infracción de ley prevista en el artículo 477 del mismo cuerpo legal. Solicita se anule la sentencia y se dicte una de reemplazo en la que se rechace la demanda. Considerando. 1° Que, en un primer capítulo del recurso, se alega que el Juzgado de Letras del Trabajo no es competente para conocer la denuncia de tutela laboral. Explica que el actor trabajó para la Municipalidad en calidad de contrata, que no se ha discutido en este procedimiento la existencia de una relación laboral y que la autoridad competente para conocer de todo lo relacionado con el Estatuto Administrativo y la legalidad de los actos de la Administración es la Contraloría General de la República. Agrega que no existe análisis que explique la razón por la cual se aplica a la Ilustre Municipalidad las normas del Código del Trabajo; y que la discusión de la legalidad de la desvinculación del demandante y las relaciones del actor con la demandada deben someterse a las normas propias de los actos administrativos y del Estatuto Administrati

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C.A. de Valparaíso Valparaíso, quince de julio de dos mil diecinueve. Visto: Por sentencia de quince de mayo de dos mil diecinueve, dictada en los antecedentes RIT T-705-2018, RUC 1840154165-5, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, se acogió la demanda de tutela laboral deducida por don Jorge Antonio Burgos Ojeda, en contra de la Ilustre Municipalidad de Valparaíso solo en

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