SIN INFORMACION

MARIO OCTAVIO LIBERONA MIRANDA/POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE Y MINISTERIO PUBLICO

Rol

Fecha

15 de julio de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Mariano Andrés Geoffroy Castro, abogado, quien interpone recurso de amparo preventivo a favor de don Mario Octavio Liberona Miranda, cédula de identidad N° 12.682.096-8, domiciliado en Calle San Gregorio N° 3390, comuna de San Joaquín y, además, en Avenida Pajaritos N° 2605, condominio Pajaritos, Parcela 40, comuna de Malloco; en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, en atención a que su representado ha sido constantemente acosado y perseguido, allanando sus inmuebles no dando explicaciones de los

Fundamentos

motivos por los cuales es buscado como tampoco exhiben orden de Tribunal Competente. Agregando que ha consultado al Ministerio Público al respecto donde le han informado que no hay una investigación en su contra motivo por el cual los actos de la PDI, son una abierta vulneración de garantías constitucionales como es la inviolabilidad del hogar. Indicando que por lo anteriormente planteado es fundamental la pronta y eficaz intervención de esta Judicatura, para de este modo poner fin a las perturbaciones y amenazas a la libertad personal y seguridad individual que está sufriendo actualmente por parte de funcionarios de la Policía solicitando,

Fallo

en mérito de lo expuesto, artículos 19 N° 5°, 3° y 21 de la Constitución Política del Estado, artículos 7° y 205º del Código Procesal Penal, acoger el recurso de amparo interpuesto permitiendo con ello el restablecimiento del imperio del derecho, atendida la vulneración de garantías denuncias y ordenando lo que en derecho corresponde. A nueve de julio del presente complementa su presentación indicando que los automóviles con los que es acosados son el Placa Unica JSSL- 77-1, se encuentra Inscrito a nombre de la PDI, en tanto que el móvil placa única GJHK.17-9, es un auto que se encuentra destinado a la PDI, que fue decretado su comiso en causa Rit N° 7219-2017, separada de la causa Rit N° 4965-2015 por lo que solicita que se individualice a los funcionarios de la PDI, que se movilizan en esos autos y con qué facultades han allanado los domicilios de su representado. Segundo: Que informando al tenor del recurso, comparece don Leonardo Torres Ramírez, Prefecto Inspector Jefe Nacional Antinarcóticos y Contra el Crimen Organizado, quien señala que la Brigada Antinarcóticos y Contra el Crimen Organizado informa que Liberona Miranda registra asociada en dicha unidad una orden de investigar por el delito de tráfico ilícito de drogas en RUC 1800580499-6, de la Fiscalía Regional Metropolitana Sur, Fiscal Cristián Suarez Pérez en que el recurrente tiene la calidad de imputado. Consecuente con lo anterior, informa que las diligencias investigativas se encuentran dentro de las facultades

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anotaron y alegaron revocando el abogado doña Fabiola Lizama. Santiago, 15 de julio de 2019. En Santiago, a quince de julio de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Mariano Andrés Geoffroy Castro, abogado, quien interpone recurso de amparo preventivo a favor de don Mario Octavio Liberona Miranda, cédula de identidad N° 12.682.096-8, domicilia

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