ÁVILA/EMPRESA CONSTRUCTORA INCOSUR LIMITADA
Rol
Fecha
19 de julio de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y visto lo dispuesto en el artículo 472 del Código del Trabajo, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el abogado don Ignacio Javier Manzur Carraha en contra de la resolución de fecha veintiuno de junio de dos mil diecinueve, por improcedente. Devuélvase. Al escrito de fecha catorce de julio del año en curso presentado por el abogado don Carlos Canales Cáceres: A lo Principal y Al Otrosí: Estése al mérito de lo resuelto precedentemente. Rol N°Laboral - Cobranza-356-2019.(gll)
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el abogado don Ignacio Javier Manzur Carraha en contra de la resolución de fecha veintiuno de junio de dos mil diecinueve, por improcedente. Devuélvase. Al escrito de fecha catorce de julio del año en curso presentado por el abogado don Carlos Canales Cáceres: A lo Principal y Al Otrosí: Estése al mérito de lo resuelto precedentemente. Rol N°Laboral - Cobranza-356-2019.(gll)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, diecinueve de julio de dos mil diecinueve. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y visto lo dispuesto en el artículo 472 del Código del Trabajo, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el abogado don Ignacio Javier Manzur Carraha en contra de la resolución de fecha veintiuno de junio de dos mil diecinueve, por improcedente. Devuélvase. Al escr
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