BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/FIERRO - (LTE)
Rol
Fecha
12 de julio de 2019
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y teniendo, además, presente: Que las declaraciones efectuadas ante notario no son sino documentos privados que emanan de terceros al proceso y, en el caso de no ser reconocidos por ellos en el mismo, no poseen ningún valor probatorio en juicio, lo que ocurre en estos autos, motivo por el cual procede correctamente el magistrado a quo cuando desestima tal probanza y también la demás instrumental acompañada a la causa, cuyo mérito impide probar el hecho de la posesión exclusiva de la tercerista a la época del embargo de los bienes, cual es, el presupuesto básico de admisibilidad de la acción de tercería de posesión. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de fecha veintitrés de mayo de dos mil dieciocho, dictada por el 18° Juzgado Civil de Santiago. Regístrese y devuélvase. N°Civil-10190-2018.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de fecha veintitrés de mayo de dos mil dieciocho, dictada por el 18° Juzgado Civil de Santiago. Regístrese y devuélvase. N°Civil-10190-2018.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, doce de julio de dos mil diecinueve. Visto y teniendo, además, presente: Que las declaraciones efectuadas ante notario no son sino documentos privados que emanan de terceros al proceso y, en el caso de no ser reconocidos por ellos en el mismo, no poseen ningún valor probatorio en juicio, lo que ocurre en estos autos, motivo por el cual procede correctamente el magistrad
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica