SINDICATO DE EMPRESA ATTON VITACURA/ATTON VITACURA SPA
Rol
Fecha
12 de julio de 2019
Materia
PRESTACIONES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: En estos autos RIT Nº O-1867-2018, RUC Nº 18-4-0094512-4 seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago en causa caratulada “SINDICATO DE EMPRESA ATTON VITACURA con ATTON VITACURA SPA” en procedimiento de aplicación general, se dictó sentencia con fecha diecisiete de diciembre de dos mil dieciocho pronunciada por doña María Verónica Torres Reyes, Juez Titular, quien resolvió: “I.- Que se rechaza la demanda deducida por Sindicato de Empresa Atton Vitacura SpA, en contra de Atton Vitacura SpA, todos ya individualizados. II.- No se condena en costas a la demandante por estimar que tuvo
Fundamentos
motivos plausibles para litigar” Contra esta sentencia, la parte demandante interpuso recurso de nulidad invocando, en forma conjunta, las causales del artículo 477 y artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, solicitando que se anule el
Fallo
fallo y se dicte otro en su reemplazo que acoja, primeramente, la excepción de falta de legitimación pasiva respecto de los trabajadores que identifica y, asimismo, que se haga lugar a la demanda presentada, declarando que las prestaciones del inciso segundo del artículo 38 y del artículo 38 bis del Código del Trabajo, deben entenderse incorporadas a los contratos de los trabajadores que indica, debiendo la empresa demandada pagar los montos ya devengados y que se devenguen por la prestación del mencionado artículo 38 inciso segundo, desde el mes de noviembre de 2016 en adelante, según liquidación que deberá efectuarse en la etapa de cumplimiento del fallo, entregando también los días de descanso señalados en el artículo 38 bis del Código del Trabajo, desde noviembre de 2016 en adelante, con costas del recurso. Por resolución de fecha quince de enero de dos mil diecinueve se declaró admisible el recurso, procediéndose a su vista, escuchándose los alegatos de las partes recurrente y recurrida. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente invoca como causales de nulidad, en forma conjunta, aquella contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo; en este caso, denuncia la infracción del artículo 9 del Código del Trabajo y aquella dispuesta en el artículo 478 letra c) del mismo cuerpo normativo. Fundamenta su recurso, señalando que se demandó a la empresa, puesto que, desde noviembre del
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Santiago, doce de julio de dos mil diecinueve. VISTOS: En estos autos RIT Nº O-1867-2018, RUC Nº 18-4-0094512-4 seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago en causa caratulada “SINDICATO DE EMPRESA ATTON VITACURA con ATTON VITACURA SPA” en procedimiento de aplicación general, se dictó sentencia con fecha diecisiete de diciembre de dos mil dieciocho pronunciada por doña María
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