JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE ALGARROBO

DENUNCIANTE O QUERELLANTE: NELSON PÉREZ BALADRÓN. DENUNCIADO O QUERELLADO: CLUB DE YATES DE ALGARROBO

Rol

Fecha

11 de julio de 2019

Materia

INFRACCIÓN ORDENANZAS CONSTRUCCIÓN Y URBANIZACIÓN

Resultado

CONFIRMADA-RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia apelada y se tiene además presente: 1.- Que la parte apelante ha opuesto en esta instancia la excepción de prescripción extintiva respecto del Decreto Alcaldicio que ordena la demolición de la obra de que se trata, argumentado que, como la denuncia que dio origen al proceso es del año 2012, y se refiere a una obra voladiza construida en julio del mismo año, aquel decreto de demolición, expedido en agosto de 2017, ha sido dictado después de cinco años de ocurrido el hecho que lo motiva. 2.- Que semejante alegación no puede sustentarse sino en un profundo error conceptual acerca de qué es lo que aquí se debate, porque esta causa, iniciada en el año 2014 –es decir, mucho antes de dictarse el decreto alcaldicio a que se refiere la prescripción alegada- no versa sobre ese acto administrativo y sus efectos, sino sobre la infracción cometida con la construcción de la obra voladiza que se proyecta sobre la superficie de una playa, obra que no contaba con permiso municipal para su construcción. Es decir, es la infracción a la Ley General de Urbanismo y Construcción lo que se pesquisaba en esta causa, y lo que resultó sancionado, infracción que en sí misma es enteramente independiente del decreto que ahora se quiere atacar y que en esta causa no tiene más papel que el de demostrar que el Municipio considera, en efecto, que el voladizo es ilegal, y por eso ordena demolerlo, pero no son los efectos de ese decreto lo que se persigue en el proceso actual ni la sentencia apelada ordena demolición alguna. De hecho, el fallo de primer grado dice que la aplicación de ese Decreto lo determinará en su oportunidad “la instancia judicial respectiva”; es decir, no este juicio. 3.- Que, entonces, el apelante pretende oponer como excepción una prescripción de un acto enteramente ajeno a la denuncia (muy posterior a ella) y a la resolución final del presente juicio. Un acto que es un antecedente más allegado a la causa, pero que no es su objeto y por ende

Fallo

fallo de primer grado dice que la aplicación de ese Decreto lo determinará en su oportunidad “la instancia judicial respectiva”; es decir, no este juicio. 3.- Que, entonces, el apelante pretende oponer como excepción una prescripción de un acto enteramente ajeno a la denuncia (muy posterior a ella) y a la resolución final del presente juicio. Un acto que es un antecedente más allegado a la causa, pero que no es su objeto y por ende respecto del cual la Corte carece de toda competencia para pronunciarse respecto de su vigencia, su validez, sus alcances o su eventual extinción por prescripción, lo que llevará al rechazo de la excepción por inadmisible, dado su objeto. 4.- Que en cuanto al fondo, la cuestión en verdad es simple y se limita a determinar si la denunciada contó o no con permiso de la Dirección de Obras Municipales para construir la pestaña voladiza que se extiende hacia la playa, en Algarrobo, extendiendo una terraza del Club de Yates. Y, también, si esa terraza en voladizo requería esa autorización municipal, o era simplemente una obra que quedaba dentro de los márgenes de la concesión ya otorgada al club, sobre obra asentadas en la playa. 5.- Que el permiso municipal de reconstrucción de edificación dañada por terremoto, corriente a fs. 9 y fechado el 2 de diciembre de 2013, referido al Club de Yates de Algarrobo, prescribe de forma clara que se otorga certificado de reconstrucción de ampliación de terrazas “sin voladizos”. A su turno, el oficio 12210 de 30 de

Texto Completo (Preview)

291 Doscientos noventa y uno J.e.v.p. C.A. de Valparaíso. Valparaíso, once de julio de dos mil diecinueve. Vistos: Se reproduce la sentencia apelada y se tiene además presente: 1.- Que la parte apelante ha opuesto en esta instancia la excepción de prescripción extintiva respecto del Decreto Alcaldicio que ordena la demolición de la obra de que se trata, argumentado que, como la denuncia que dio

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