MARIA ELENA CELEDON BRAVO CON SERVICO DE SALUD ARAUCO
Rol
Fecha
10 de julio de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO
Hechos
Vistos: De la sentencia anulada se reproduce su parte expositiva, considerativa y citas legales, con excepción de su
Fundamentos
considerando decimoséptimo, que se elimina. Y teniendo además presente: Primero: Los fundamentos del
Fallo
fallo de nulidad que se tienen expresamente por reproducidos, en especial, los motivos 5°, 6°, 7°, 8°, 9°, 10°, 20°, 21°, 22° y 23° de la sentencia de nulidad que precede; Segundo: Que quedó acreditado como hecho pacífico en el motivo número quinto de la sentencia que se reproduce, el que la denunciante prestó servicios a honorarios para el denunciado, a contar del 22 de mayo al 31 de diciembre de 2017, como abogada, en el Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Arauco, desempeñando sus funciones en el Hospital de Curanilahue; 2.- Que mediante Resolución Exenta N° 834/64/2018, se le designó como funcionaria a contrata desde el 01 de enero de 2018 hasta el 28 de febrero del mismo año, desempeñando sus funciones como abogada asesora en el Hospital de Curanilahue; 3.- Que mediante Resolución Exenta N° 834/86/2018, de 28 de junio de 2018, se estableció una nueva contrata de la actora desde el 01 de marzo al 30 de junio del año 2018, desempeñando sus funciones como abogada asesora en el Hospital de Curanilahue, estableciendo luego en el considerando décimo sexto como la base de cálculo la última remuneración mensual, en junio de 2018, $1.714.905. Sin embargo, conforme a lo razonado y concluido en la sentencia de nulidad que precede, correspondiendo las indemnizaciones sustitutivas del aviso previo y la indemnización por años de servicio, más el recargo legal, a prestaciones de carácter estrictamente laborales, no compatible con su calidad de funcionario público, s
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Concepción, diez de julio de dos mil diecinueve. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 478 inciso segundo del Código del Trabajo, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo: Vistos: De la sentencia anulada se reproduce su parte expositiva, considerativa y citas legales, con excepción de su considerando decimoséptimo, que se elimina. Y teniendo además presente: Primer
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