SERVICIOS GENERALES MAPER LIMITADA/INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE SANTIAGO PONIENTE VUELVE A TABLA.-
Rol
Fecha
10 de julio de 2019
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se sustanció esta causa RIT I-315-2018, caratulada “Servicios Generales Maper Limitada con Inspección Comunal del Trabajo Santiago Poniente”, sobre reclamo de resolución de multa administrativa, de acuerdo al artículo 512 del Código del Trabajo. Por sentencia definitiva de diecinueve de octubre del año dos mil dieciocho, el juez de la causa, rechazó el reclamo, en todas sus partes, con costas. Contra este fallo, la actora dedujo recurso de nulidad fundado en la causal establecida en el artículo 477 del Código del Trabajo, solicitando se anule la sentencia recurrida y se dicte la correspondiente de reemplazo, que acoja el reclamo judicial, dejando sin efecto la resolución de reconsideración y, consecuencialmente, la resolución que le impuso la multa. Declarado admisible el recurso, se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de las partes.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el reclamante hace valer la causal prevista en la segunda parte del inciso primero del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de ley, en particular, los artículos 511, inciso primero N° 1, 512 y 45, todos del mismo Código, por cuanto el Tribunal tenía plena competencia para revisar la decisión del reclamado, entrando a determinar si existió una infracción al artículo 45 del Código Laboral; y, en caso de no serlo, declarar que se incurrió en un error de hecho al aplicar la sanción. El error de hecho que denuncia el recurrente consistió en que el fiscalizador consideró que procedía el pago de la semana corrida por el solo hecho que los trabajadores percibían remuneración fija y variable, sin verificar si esta última se devengaba día a día. SEGUNDO: Que para decidir la materia del arbitrio debe tenerse presente que, en la especie, se ha deducido reclamación en contra de la resolución que se pronunció sobre la reconsideración administrativa, la que fue desechada, es decir, se ejerció el derecho contemplado en el artículo 512 del Código del Trabajo. Acción que se fundó en la existencia de un error de hecho porque las remuneraciones de los trabajadores no daban derecho al pago de semana corrida, porque la que recaía en la parte variable no se devengaba en forma diaria. TERCERO: Que, atendido los términos de la controversia y las alegaciones formuladas en el arbitrio en análisis, resulta necesario precisar algunos conceptos; el primero lo previsto en el artículo 503 del Código del Trabajo, que regula en lo que interesa, la facultad, forma y oportunidad para reclamar judicialmente las multas administrativas aplicadas por los fiscalizadores, debiendo interponerse ante el juez de letras del trabajo, dentro de quince días hábiles contados desde su notificación. El segundo, lo prevenido en el artículo 511 del mismo Código, que confiere la facultad al Director del Trabajo, para considerar las multas administrativas impuestas por funcionarios de su dependencia, pudiendo dejarla sin efecto, cuando aparezca de manifiesto que se ha incurrido en error de hecho al aplicarla; o rebajarla cuando se acredite fehacientemente haber dado integro cumplimiento a las disposiciones legales, convencionales o arbitrales cuya infracción motivo la sanción. CUARTO: Que de lo antes expuesto se infiere que existe una vía para reclamar sobre la existencia y procedencia de la multa, para lo cual el afectado debe reclamar judicialmente solo conforme al artículo 503. Para el caso que el afectado decida presentar el reclamo ante el Director del Trabajo, este tiene la facultad de dejar sin efecto la sanción impuesta, solo para el evento que se ha incurrido en error de hecho o rebajar la misma, cuando se acredite fehacientemente el cumplimiento íntegro de las normas que motivaron la infracción. QUINTO: Que, en esta segunda hipótesis, la competencia del juez laboral está limitada únicamente a controlar y/o verificar la legalidad del acto administ
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C.A. de Santiago Santiago, diez de julio de dos mil diecinueve. VISTOS: Ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se sustanció esta causa RIT I-315-2018, caratulada “Servicios Generales Maper Limitada con Inspección Comunal del Trabajo Santiago Poniente”, sobre reclamo de resolución de multa administrativa, de acuerdo al artículo 512 del Código del Trabajo. Por sentencia definiti
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