SIN INFORMACION

FUNDACIÓN MI CASA/JUZGADO DE LETRAS DE SAN CARLOS

Rol

Fecha

9 de julio de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: 1°.- Que, comparece el abogado Jorge Felipe Pinto Ceballos, apoderado de la demandada en causa RIT J-12-2018, caratulada “Escobar con Fundación Mi Casa”, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de San Carlos, notificada por el estado diario el 11 de junio pasado, que denegó recurso de apelación interpuesto por su parte. Refiere que su representada interpuso recurso de nulidad de previo y especial pronunciamiento otorgándosele a éste tramitación incidental, suspendiéndose el apremio decretado. Añade que otorgando el traslado respectivo a la ejecutante y evacuado éste, no se dio lugar a lo pedido, con costas, mediante resolución de tres de junio pasado, por aplicación de lo dispuesto en los artículos 432, 429, 440, 466, del Código del Trabajo, y 144 del Código de Procedimiento Civil. En contra de dicha resolución interpuso recurso de apelación, en virtud de que el título ejecutivo que sustenta la causa no es una sentencia definitiva cuya cobranza se realiza en estos autos. Por el contrario, el título nace por efecto de la aplicación de lo dispuesto por el artículo 169 letra a) inciso final del Código del Trabajo respecto de los montos ofrecidos en la carta de despido, esto es, la llamada “oferta irrevocable del empleador”, lo que cabe dentro del concepto de “cualquier otro título”, contemplado en el numeral 6 del artículo 464 del Código del Trabajo. Dicha presentación fue resuelta mediante resolución de diez de junio, siendo rechazada la reposición y declarada improcedente la apelación, aplicando en la especie la norma del artículo 472 del Código del Trabajo, entendiendo que dicha norma restringe el recurso de apelación en el caso de todas las resoluciones dictadas en el mismo, incurriendo en el error de estimar que la resolución recurrida incide en el fondo del asunto controvertido. Concluye sosteniendo que, la resolución recurrida se pronunció en un procedimiento incidental, en el que se disc

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto por los artículos 187 y 203 del Código de Procedimiento Civil, y los artículos 470 y 472 del Código del Trabajo, se rechaza el recurso de hecho deducido por don Jorge Pinto Ceballos en representación de la parte ejecutada. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. R.I.C.: 145-2019 Laboral - Cobranza.-

Texto Completo (Preview)

Chillán, nueve de julio de dos mil diecinueve. Visto: 1°.- Que, comparece el abogado Jorge Felipe Pinto Ceballos, apoderado de la demandada en causa RIT J-12-2018, caratulada “Escobar con Fundación Mi Casa”, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de San Carlos, notificada por el estado diario el 11 de junio pasado, que denegó recu

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