ORTIZ/LEAL
Rol
Fecha
9 de julio de 2019
Materia
SUELDO
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se sustanció la causa caratulada “Ortiz con Leal”, RIT N° T-540-2018, RUC N° 18-4-0102120-1, demanda en procedimiento general de tutela de derechos fundamentales con ocasión del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones. Por sentencia de trece de marzo de dos mil diecinueve, la jueza titular de dicho tribunal, doña Ximena López Avaria, rechazó la excepción de legitimidad pasiva interpuesta por el demandado Luis Leal Jara, acogió la excepción de caducidad, solo en cuanto a los hechos acaecidos con anterioridad a enero de 2018, rechazó la denuncia de vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido y acogió la demanda por despido injustificado, condenando al demandado al pago de las indemnizaciones derivadas del término de la relación laboral, con un recargo del 80% respecto de la indemnización por años de servicio, remuneraciones, reembolsos y feriado. Contra esta sentencia, ambas partes recurrieron de nulidad. La parte demandante invocando, en forma conjunta, las causales del artículo 478 letra b) y c) del Código del Trabajo y solicita se invalide y se dicte una de reemplazo que rechace las excepciones de falta de legitimidad pasiva como de caducidad y acoja la acción de tutela ejercida en autos, con costas. La demandada, por su parte, dedujo su recurso, invocando la causal del artículo del artículo 477 del Código del Trabajo en la hipótesis de infracción de ley y solicita se invalide la sentencia dictada en la presente causa, y conforme a la causal impetrada, se le deje sin efecto y se ordene la realización de un nuevo juicio oral por juez no inhabilitado para tal efecto. Por resolución de diecisiete de abril de dos mil diecinueve, se declararon admisibles los recursos, procediéndose a su vista, escuchando los alegatos de ambas partes.
Fundamentos
CONSIDERANDO: I.- EN CUANTO AL RECURSO DEDUCIDO POR LA DEMANDANTE PRIMERO: Que tal como se anunció, la demandante invocó, en forma conjunta, las causales del artículo 478 letra b) y letra c) del Código del Trabajo indicando que el
Fallo
se declararon admisibles los recursos, procediéndose a su vista, escuchando los alegatos de ambas partes. CONSIDERANDO: I.- EN CUANTO AL RECURSO DEDUCIDO POR LA DEMANDANTE PRIMERO: Que tal como se anunció, la demandante invocó, en forma conjunta, las causales del artículo 478 letra b) y letra c) del Código del Trabajo indicando que el fallo no ha dado cumplimiento al mandato del artículo 456 inciso segundo del citado cuerpo legal, al acoger por un lado el despido injustificado por no haberse acreditado fehacientemente los hechos señalados en la carta de despido y luego bajo los mismos argumentos rechazar la acción de tutela por no haberse afectado la horna.. En primer término, señala los hechos a probar fijados en la audiencia preparatoria, aseverando que respecto al primero, esto es “Efectividad de los hechos contenidos en la carta de despido y si hubo falta de probidad debidamente comprobada e incumplimiento grave de las obligaciones del contrato respecto de la actora” que no se rindió prueba alguna referida a la falta de probidad, no pudiendo probar lo señalado en la carta de despido, señalando que estos son los hechos que atentaron contra la honra de la actora, la que fue acusada de un delito y despedida por haberse apropiado de dineros, lo que no es cualquier acusación, menos para una persona que se desempeña como abogada. Indica que se infringieron, de manera manifiesta, las reglas de la sana crítica, lo que justifica la invocación de la causal del artículo 478 letra b
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C.A. de Santiago Santiago, nueve de julio de dos mil diecinueve. VISTO: Ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se sustanció la causa caratulada “Ortiz con Leal”, RIT N° T-540-2018, RUC N° 18-4-0102120-1, demanda en procedimiento general de tutela de derechos fundamentales con ocasión del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones. Por sentencia de trece de marzo de
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