1º JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE RANCAGUA

DENUNCIADO Y DEMANDADO: RIPLEY CAR S.A.; DENUNCIANTE: SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR

Rol

Fecha

8 de julio de 2019

Materia

INFRACCIÓN LEY SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Teniendo presente que el pesar, que refiere haber sufrido la parte demandante y del cual dio cuenta mediante la documental que rola a foja 129 y siguientes, proviene no solamente del hecho denunciado, imputable a la demandada, sino que además aquel es consecuencia inherente a la estafa de la cual fue víctima, razón por la cual no se aprecia la concurrencia de vinculo causal respecto de todo lo demandado por este concepto, con exclusiva relación a la infracción acreditada en autos. Y visto además, lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, se confirma con declaración que se rebaja el Daño Moral a la suma de trescientos mil pesos ($300.000) la sentencia apelada de fecha 15 de febrero de 2019, escrita a foja 190 y siguientes, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Rancagua, recaída en los autos Rol 525.202. Regístrese y devuélvase. Rol I. Corte 31-2019-Policía Local.-

Texto Completo (Preview)

Rancagua, ocho de julio de dos mil diecinueve. Vistos: Teniendo presente que el pesar, que refiere haber sufrido la parte demandante y del cual dio cuenta mediante la documental que rola a foja 129 y siguientes, proviene no solamente del hecho denunciado, imputable a la demandada, sino que además aquel es consecuencia inherente a la estafa de la cual fue víctima, razón por la cual no se aprecia l

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