MUÑOZ/SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN SANTIAGO
Rol
Fecha
5 de julio de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO: Don Daniel Jesús Curiqueo Barraza, abogado, en favor de TRANSITO JOAQUIN CALISAYA ONOFRE, cédula de identidad N°9.277.683-2, interpone recurso de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación de Arica, representado por su Director Regional, don Walter Muñoz Godoy, domiciliado en calle Chacabuco Nº815, Arica, por haberle negado el otorgamiento de la renovación de la cédula de identidad, por medio del oficio Ord N°217-2019, el 16 de Mayo de 2019. Señala que atendido al vencimiento de la cédula de identidad de don Tránsito Joaquín Calisaya Onofre, solicitó la renovación de esta, la que no fue acogida, ante lo cual solicitó una respuesta formal, por medio de una reunión con su Director, respondiendo por medio del oficio N°217-2019, el pasado 16 de mayo, a través del cual se le indican los
Fundamentos
motivos de la negativa: “…Efectuada la investigación de rigor, se pudo establecer que con fecha 29 de enero de 1980, se filió civilmente por primera vez en la oficina del Servicio de registro Civil e Identificación de Arica, un persona que dijo llamarse Tránsito Joaquín Calisaya Onofre, clasificación dactilar, 47464=66222, subdivisión 36362, manifestando ser titular de la inscripción de nacimiento N° 53, del año 1946, de la circunscripción de Chislluma, a quien se le otorgó cédula de identidad con el Run N° 9.277.683-2. Consta también que a la persona antes señalada se le otorgó, además, la cédula de identidad, el 8 de agosto de 2008, en la SO Cardenal Raúl Silva Henríquez, del Servicio de Registro Civil e Identificación de Arica, documento que expiró el 15 de agosto de 2015. Por otra parte, consultado el sistema de identificación, documentos de identidad y viaje, se pudo constatar que la persona antes mencionada, con fecha 13 de agosto de 2015, concurrió nuevamente a la S.O. Cardenal Raúl Silva Henríquez del Servicio de Registro Civil e Identificación de Arica, para renovar su cédula de identidad con el Run N°9.277.683-2, solicitud que fue rechazada el 7 de noviembre de 2016, por haberse detectado que en nuestra base de datos se registran otras personas dactiloscópicamente distintas, que se registran con los mismos nombres. En efecto, consultados los registros dactiloscópicos de nuestro Servicio, se pudo determinar que con fecha 23 de junio de 2006, en la oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación de Visviri, se filio civilmente una persona dactiloscópicamente distinta a la señalada en los párrafos anteriores, que también dijo llamarse Tránsito Joaquín Calisaya Onofre, clasificación dactilar 00444=21222, subdivisión –133, a quien se le asignó el RUN N° 14.786.246-6. Asimismo, se pudo establecer que con fecha 11 de Abril de 2011, en la Oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación de Arica, fue filiada civilmente un individuo dactiloscópicamente diferente a las personas señaladas en los párrafos anteriores, que también dijo llamarse Tránsito Joaquín Calisaya Onofre, clasificación dactilar 41444=21222, subdivisión 3-243=3-333, a quien se le asignó el Run N°14.786.245-8. A dicha persona le fue emitida cédula de identidad con los datos ya mencionados el 5 de agosto de 2014, en la oficina de Servicio de Registro Civil e identificación de Arica, también con los datos de inscripción de nacimiento N°53, del año 1946, de la Circunscripción de Chislluma, documento que se encuentra vigente hasta el 15 de agosto de 2019. Sin perjuicio o de lo anterior, se pudo determinar, además, que con fecha 26 de mayo de 2016, en la oficina de Servicio de Registro Civil e Identificación de Visviri, se presentó para renovar su cédula de identidad para chilenos, una persona dactiloscópicamente distinta a la señalada en el párrafo anterior, quien manifestó llamarse también, Tránsito Joaquín Calisaya Onofre, clasificación dactilar 41484=21822, subd
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se resuelve: Que se ACOGE el recurso de protección deducido por el abogado don Jesús Curiqueo Barraza, abogado, en favor de Tránsito Joaquín Calisaya Onofre, en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación de Arica, representado por su Director Regional, don Walter Muñoz Godoy, en cuanto se ordena al Servicio recurrido que, dentro de 30 días, proceda a la renovación de la cédula nacional de identidad vencida N°9.277.683-2, en los mismos términos que lo venía haciendo, sin perjuicio de otros derechos que le asistan a las partes. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N° 531-2019 Protección. 5
Texto Completo (Preview)
Arica, cinco de julio de dos mil diecinueve. VISTO: Don Daniel Jesús Curiqueo Barraza, abogado, en favor de TRANSITO JOAQUIN CALISAYA ONOFRE, cédula de identidad N°9.277.683-2, interpone recurso de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación de Arica, representado por su Director Regional, don Walter Muñoz Godoy, domiciliado en calle Chacabuco Nº815, Arica, por haberle ne
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