TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE CONCEPCION

IMPUTADO: DAVID ANTONIO BAZA BAZA

Rol

Fecha

5 de julio de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO: Por sentencia definitiva de 20 de mayo del año en curso, el Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Concepción, en causa RUC 1800865121-K, RIT O-98-2019 y Rol Corte 451-2019, condenó a David Antonio Baza Baza, a sufrir la pena de trescientos días de presidio menor en su grado mínimo, al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a cinco unidades tributarias mensuales, equivalente a la moneda de curso legal vigente a la época de su pago efectivo y a la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 432 en relación con el artículo 446 N° 3, todos del Código Penal, cometido en la comuna de Hualpén, el 3 de septiembre de 2018. Agrega que al no reunirse los requisitos exigidos por la Ley 18.216, deberá cumplir la pena de manera efectiva. A su respecto, el Ministerio Público dedujo recurso de nulidad y habiéndose declarado admisible el recurso por esta Corte, se fijó para su vista el día 17 de junio pasado, compareciendo la parte recurrente y la recurrida, y fijándose la audiencia del día de hoy para la lectura del fallo. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1.- Que en el citado recurso, el Ministerio Público, invocó la causal de nulidad del artículo 374 letra e) en relación con el 342 letra c) y 297 del Código Procesal Penal, que se hace consistir en la omisión del tribunal al apreciar y valorar la prueba respecto de toda aquella rendida y de no haber efectuado las consideraciones lógicas y de experiencia con que ha debido hacerse cargo al fallar, por lo que se ha infringido el mandato legislativo que ordena que la sentencia debe ser debidamente razonada conforme al mérito del proceso. Fundamenta la causal en que el

Fallo

fallo impugnado vulnera el principio de la razón suficiente toda vez que la conclusión a que arriba (esto es, la ausencia de intimidación en la víctima) no aparece debidamente sustentada en la prueba rendida en autos. Agrega que el análisis de las probanzas rendidas llevaba precisamente a la conclusión contraria, esto es que la víctima, sufrió intimidación por parte del imputado, razón por la cual correspondía calificar el delito como robo con intimidación y no hurto, como erradamente ha hecho el fallo atacado. En efecto, la declaración de los cuatro testigos principales que depusieron en juicio fueron contestes en indicar los elementos de la intimidación, la víctima, Jara Cartes, refiere que cuando le dice al imputado que dejara la caja él soltó la caja y agarró el cuchillo altiro, que él retrocedió porque no iba a arriesgar su vida por una cosa así. Refiere que el sujeto sacó el cuchillo y le dijo “córrete hueón o te apuñalo”; el testigo Sepúlveda Ortiz refiere que cuando volvió al camión le preguntó a su compañero ( la víctima) qué había sucedido y éste le dijo que el imputado le había robado una caja y lo había amenazado con arma blanca, explicando que la víctima estaba nerviosa y que vio que su vida podía haber estado en peligro; el testigo Pino Saavedra declaró que según le indicó el denunciante, el imputado Baza Baza sacó desde sus vestimentas un cuchillo, un arma blanca, que intimidó a la víctima y que fue con la caja hacia un pasaje, señalando que el día de la denunc

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, cinco de julio de dos mil diecinueve. VISTO: Por sentencia definitiva de 20 de mayo del año en curso, el Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Concepción, en causa RUC 1800865121-K, RIT O-98-2019 y Rol Corte 451-2019, condenó a David Antonio Baza Baza, a sufrir la pena de trescientos días de presidio menor en su grado mínimo, al pago de una multa a beneficio fisca

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