TESORERÍA REGIONAL

FISCO CON AGROINDUSTRIAL RENGO LTDA.

Rol

Fecha

8 de julio de 2019

Materia

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Resultado

DESIERTO

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de la certificación que rola a fojas 67, y de conformidad a lo previsto en el artículo 200 del Código de Procedimiento Civil, en su redacción anterior a la entrada en vigencia de la Ley 20.886, y no habiéndose hecho parte el apelante, conforme se expone en el certificado de fecha veintiocho de junio del año en curso, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 201 del Código de Procedimiento Civil, en su texto previo a la precitada Ley, se declara DESIERTO el recurso de apelación interpuesto en forma subsidiaria, por el abogado don Leonardo Flores Ruz, por la parte demandada, en contra de la resolución de dieciocho de diciembre de dos mil dieciocho, dictada por el Juez Sustanciador de la Tesorería Regional, en sus autos Rol 1-2017. Devuélvase. Rol Corte N°565-2019-Civil.

Fallo

se declara DESIERTO el recurso de apelación interpuesto en forma subsidiaria, por el abogado don Leonardo Flores Ruz, por la parte demandada, en contra de la resolución de dieciocho de diciembre de dos mil dieciocho, dictada por el Juez Sustanciador de la Tesorería Regional, en sus autos Rol 1-2017. Devuélvase. Rol Corte N°565-2019-Civil.

Texto Completo (Preview)

MAM//mzs Rancagua, ocho de julio de dos mil diecinueve. VISTOS: Atendido el mérito de la certificación que rola a fojas 67, y de conformidad a lo previsto en el artículo 200 del Código de Procedimiento Civil, en su redacción anterior a la entrada en vigencia de la Ley 20.886, y no habiéndose hecho parte el apelante, conforme se expone en el certificado de fecha veintiocho de junio del año en curs

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