ALTOFEM LTDA. C/ CARLOS ALBERTO AZAR SABA
Rol
Fecha
3 de julio de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que la disposición legal pertinente -artículo 402 del Código Procesal Penal- señala en lo que atañe al caso, que la inactividad en el procedimiento por más de 30 días, entendiendo por tal la falta de realización de diligencias útiles para dar curso al proceso que fueren de cargo por el querellante producirá el abandono de la acción privada y que esto trae como consecuencia el sobreseimiento definitivo. En la especie lo que se ha considerado como gestión útil capaz de interrumpir el transcurso del plazo que la ley señala para la declaración de abandono y consecuente sobreseimiento, son las audiencias fijadas por el tribunal, antecedentes que escapan a la carga impuesta por la ley al querellante y que por lo mismo no pueden beneficiarlo ni perjudicarlo, empero aquello que sí le era atribuible, esto es, la notificación de la querella o en último término, el señalamiento de nuevos domicilios del querellado, no fue satisfecho dentro del plazo que la ley prevé, pues si se revisa la carpeta digital, en diversas oportunidades, si bien aquel solicitó nueva audiencia y propuso nuevos domicilios para practicar la notificación, tanto como el retiro electrónico de los antecedentes, dichas acciones se materializaron pasado el término de 30 días, lo que denota la inactividad que el citado artículo 402 requiere para los efectos de imponer la sanción que la defensa ha solicitado. Por estas razones y de conformidad con los argumentos antes expuestos, se revoca la resolución apelada de dieciséis de mayo del año en curso, pronunciada por el 8° Juzgado de Garantía de Santiago, en los autos RIT O-9639-2017 y, en su lugar, se declara que se acoge la solicitud planteada por la defensa del querellado y, en consecuencia, se declara el abandono de la acción penal privada y el sobreseimiento definitivo en la causa. Comuníquese. Rol Corte N° 2773-2019. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Fallo
Por estas razones y de conformidad con los argumentos antes expuestos, se revoca la resolución apelada de dieciséis de mayo del año en curso, pronunciada por el 8° Juzgado de Garantía de Santiago, en los autos RIT O-9639-2017 y, en su lugar, se declara que se acoge la solicitud planteada por la defensa del querellado y, en consecuencia, se declara el abandono de la acción penal privada y el sobreseimiento definitivo en la causa. Comuníquese. Rol Corte N° 2773-2019. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, tres de julio de dos mil diecinueve. Sala: Quinta Rol Corte: Penal-2773-2019 Ruc: 1710052266-7 Rit : O-9639-2017 Juzgado: 8º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: Ministra señora Lilian Leyton Varela, Ministra (S) señora Gloria Negroni Vera y Abogada Integrante señora Carolina Coppo Diez Relator: GABRIEL IBAÑEZ L. Digitador (a): EMMA CORREA M. Abogad
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