FELIPE RIUS MARTINI C/ NN
Rol
Fecha
2 de julio de 2019
Materia
DAÑOS SIMPLES. ART. 484.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que concurrieron a esta audiencia y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 253, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada el siete de junio de dos mil diecinueve, inserta en la carpeta virtual Rit O-3785-2014 del Juzgado de Garantía de Talca. Acordada con el voto en contra del Ministro don Carlos Carrillo González, quien estuvo por revocar la resolución en alzada, y sobreseer definitivamente la presente causa por prescripción de la acción penal, en atención a que por expresa mención del artículo 233 del Código Procesal Penal, el acto de la formalización es el que interrumpe el plazo de aquella, que las diligencia previas sólo tienen por finalidad dar inicio al procedimiento y, los actos del imputado en esa etapa son expresión de su derecho de defensa que no puede ser objeto de interpretación en su contra. Devuélvase. Rol N° 545-2019/Penal.
Texto Completo (Preview)
Talca, dos de julio de dos mil diecinueve. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que concurrieron a esta audiencia y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 253, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada el siete de junio de dos mil diecinueve, inserta en la carpeta virtual Rit O-3785-2014 del Juzgado de Garantía d
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