3º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

FERNANDO EDUARDO DIAZ ESPINOZA C/ ROBERTO RAUL RAVELO PONCE DE LEON

Rol

Fecha

1 de julio de 2019

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que el artículo 85 del Código Procesal Penal presenta facultades autónomas de la Policía, situación que se evidencia en la dinámica de la detención y posterior declaración del imputado, no discutida en el procedimiento, que conlleva indicios suficientes para la consagración de la figura legal anotada. Concordante, la cantidad de droga incautada, esto es, 2 kilos de cannabis sativa, guarda estricta relación con el convencimiento del sistema penal acusatorio, en términos de que las facultades policíacas deban entenderse en favor de los justiciables, que, en el caso de autos, se traduce en la persecución del ilícito, más aún, no se divisa una vulneración de garantías atento el respeto y consagración del derecho de defensa por el imputado. Atendido lo antes razonado, se revoca la resolución apelada de ocho de mayo del año en curso, dictada por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago y en su lugar, se dispone que toda la prueba ofrecida por el Ministerio Público en su acusación queda incluida en el auto de apertura de juicio oral respectivo. Acordada con el voto en contra del Ministro suplente señor Cubillos, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase. Rol Corte: Penal-2647-2019 Ruc: 1800764169-5 Rit : O-5276-2018 Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Javier Moya Cuadra, conformada por el Ministro suplente señor Freddy Cubillos Jofré y el Abogado Integrante señor Jorge Benítez Urrutia.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO Santiago, uno de julio de dos mil diecinueve. Sala: Tercera Rol Corte: Penal-2647-2019 Ruc: 1800764169-5 Rit : O-5276-2018 Juzgado: 3º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: presidida por el Ministro señor Javier Moya Cuadra, conformada por el Ministro suplente señor Freddy Cubillos Jofre y el Abogado Integrante señor Jorge Benítez Urrutia Relatora (S): Pame

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