1º JUZGADO CIVIL DE PUENTE ALTO

CLAUDIA ALEJANDRA NÚÑEZ HERNANDEZ CON MANUEL RICARDO MUÑOZ MENDEZ

Rol

Fecha

28 de junio de 2019

Materia

CUENTAS, PROCEDIMIENTO ART.680 Nº8 C.P.C.

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Del mérito de los antecedentes, se desprende que no existe alegación alguna en cuanto a que la parte demandada haya rendido la cuenta exigida por la actora, motivo por el cual no es un hecho sustancial, pertinente y controvertido que deba recibirse a prueba en la presente causa. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve que: I.- Se revoca la resolución apelada de fecha veinte de marzo de dos mil diecinueve, dictada en los autos Rol C-16418-2017 por el Primer Juzgado Civil de Puente Alto, sólo en cuanto se elimina el punto de prueba signado en el número 2.-. II.- Se confirma, en lo demás apelado, la referida resolución. Devuélvase vía interconexión. N° 788-2019 – CIV.

Fallo

se resuelve que: I.- Se revoca la resolución apelada de fecha veinte de marzo de dos mil diecinueve, dictada en los autos Rol C-16418-2017 por el Primer Juzgado Civil de Puente Alto, sólo en cuanto se elimina el punto de prueba signado en el número 2.-. II.- Se confirma, en lo demás apelado, la referida resolución. Devuélvase vía interconexión. N° 788-2019 – CIV.

Texto Completo (Preview)

En Santiago, veintiocho de junio de dos mil diecinueve. Vistos: Del mérito de los antecedentes, se desprende que no existe alegación alguna en cuanto a que la parte demandada haya rendido la cuenta exigida por la actora, motivo por el cual no es un hecho sustancial, pertinente y controvertido que deba recibirse a prueba en la presente causa. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y si

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