ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE RECOLETA./INSTITUTO PSIQUIATRICO DR.JOSÉ HORWITZ BARAK
Rol
Fecha
27 de junio de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece doña Jimena Jiménez González, abogada, en representación de la Ilustre Municipalidad de Recoleta, quien recurre de protección en nombre de Pablo René Matus Huenchual y 24 funcionarios municipales del Centro de Salud Mental de Recoleta, y en contra del Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak, por los actos que denuncia y que afectarían la garantía contenida en el numeral 1 del artículo 19 de la Carta Fundamental, solicitando se ordene que se proceda a gestionar la internación de mediana estadía del señor Matus en el Instituto Psiquiátrico Horwitz o se derive al paciente a la institución que proceda y pueda suministrar el tratamiento hospitalario que corresponde, a saber, hospitalización de mediana estadía. Para fundar su recurso expone que Pablo Matus Huenchual es paciente del COSAM de Recoleta desde mayo de 2016, e ingresó al “Programa Calle” en julio de 2018, siendo también usuario del Programa de Apoyo a la Atención de Salud Mental de COSAM Recoleta, debido a las variadas patologías que le aquejan, relacionadas con su salud física y mental, presentando antecedentes de epilepsia; discapacidad cognitiva; trastorno del ánimo, trastorno al control de impulsos de base orgánica, trastorno de personalidad de base orgánica y psicosis orgánica, entre otros. Añade que Matus Huenchual, además, se encuentra en situación de calle y carece de red de apoyo familiar ni socioeconómica, por lo que su única posibilidad de acceso a la salud y su debida rehabilitación, es mediante atenciones en el sistema de salud público. Explica que dada su situación de salud, ha sufrido diversas descompensaciones tanto físicas como psíquicas, presentando episodios con alto grado de violencia y convulsiones, por lo que ha sido trasladado en diversas oportunidades al Hospital Horwitz, donde ha sido hospitalizado por cortos períodos o negándose a hacerlo le ha dado solo la atención suficiente para estabilizarlo en el momento, lo que ha provoc
Fundamentos
fundamentos y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales,
Fallo
se declara que se acoge el recurso de protección deducido por la Ilustre Municipalidad de Recoleta, en contra del Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak, debiendo este último organismo adoptar todas las medidas necesarias, ante la autoridad sanitaria que corresponda para que se decrete la internación administrativa por una mediana o larga estadía del paciente y enfermo mental Pablo René Matus Huenchual sea atendido en el centro psiquiátrico que corresponda. El Instituto Psiquiátrico "Dr. José Horwitz Baraq" deberá informar a esta Corte, dentro de los cinco primeros cinco días de cada mes, las gestiones realizadas adjuntando la documentación que lo acredite. Del mismo modo, dada la carencia de una red de apoyo social y familiar del paciente, COSAM Recoleta se preocupará de proporcionar al aludido paciente, la asistencia de alguna institución o fundación que represente legalmente al paciente en estas gestiones y le presta esos apoyos, informando también a esta Corte, sobre esas gestiones, en el mismo plazo indicado. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción del ministro Tomás Gray. Protección N° 6092-2019. Pronunciada por la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el ministro señor Juan Cristóbal Mera Muñoz e integrada por el ministro señor Tomás Gray Gariazzo y por el ministro (S) señor Rodrigo Palma Ruiz. No firma el ministro (S) señor Palma, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo del fallo, por haber
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Santiago, veintisiete de junio de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece doña Jimena Jiménez González, abogada, en representación de la Ilustre Municipalidad de Recoleta, quien recurre de protección en nombre de Pablo René Matus Huenchual y 24 funcionarios municipales del Centro de Salud Mental de Recoleta, y en contra del Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Ba
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