CARRANZA/CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DEL SECTOR RURAL
Rol
Fecha
3 de julio de 2019
Materia
DESPIDO INJUSTIFICADO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que el artículo 480 del Código del Trabajo establece dentro de los requisitos de admisibilidad del recurso de nulidad, además del cumplimiento de los señalados en el inciso primero del artículo 479, el que contenga los
Fundamentos
fundamentos de hecho y derecho o de peticiones concretas que se formulan al Tribunal. 2°) Que en la especie se evidencia que el recurso en examen no expresa motivo de nulidad, ni tampoco sus fundamentos ni peticiones concretas que se someta al conocimiento y decisión de esta Corte, por lo cual este libelo no puede ser admitido a tramitación. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 480 del Código del Trabajo,
Fallo
se declara inadmisible el recurso de nulidad interpuesto con fecha tres de junio de dos mil diecinueve por la parte demandada. Regístrese y devuélvase. N°Laboral - Cobranza-1748-2019.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) rcc Santiago, tres de julio de dos mil diecinueve. Al folio N°2; a todo, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1°) Que el artículo 480 del Código del Trabajo establece dentro de los requisitos de admisibilidad del recurso de nulidad, además del cumplimiento de los señalados en el inciso primero del artículo 479, el que contenga los fundament
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