4º JUZGADO DE LETRAS EN LO CIVIL DE ANTOFAGASTA

SOCIEDAD EMPRENORT LTDA. / QUEZADA

Rol

Fecha

26 de junio de 2019

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

CONFIRMADA SIN COSTAS

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada y se tiene además presente: PRIMERO: Que sin perjuicio del razonamiento efectuado por la juez a quo, lo cierto es que debe dejarse claramente determinado que según el pagaré acompañado y el contenido de la pretensión, se trata de la situación regulada en el artículo 105 de la Ley 18.092, en la medida que es un pagaré, con cláusula de aceleración facultativa respecto de la cual inequívocamente se hizo efectiva al momento de la presentación de la demanda. No es la interrupción de la prescripción con la presentación de la demanda o la notificación de la misma, sino es la manifestación concreta del ejercicio de la cláusula de aceleración facultativa en aplicación de la disposición citada. Ahora bien, desde la presentación de la demanda hasta que se notificó la misma, con relación al monto cobrado, transcurrió más de un año, por lo tanto ha prescrito la deuda contenida en el pagaré, que para estos efectos constituye el título ejecutivo, de manera que no queda más que confirmar la sentencia. SEGUNDO: Que no corresponde el pago de las costas del recurso, al tener presente la variada jurisprudencia que existe sobre el tema. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, sin costas del recurso, la sentencia apelada de fecha diez de septiembre de dos mil dieciocho, dictada en causa Rol C-495-2016 del Cuarto Juzgado de Letras en lo Civil de Antofagasta. Regístrese y comuníquese. Rol 278-2019 (CIV) 1

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, sin costas del recurso, la sentencia apelada de fecha diez de septiembre de dos mil dieciocho, dictada en causa Rol C-495-2016 del Cuarto Juzgado de Letras en lo Civil de Antofagasta. Regístrese y comuníquese. Rol 278-2019 (CIV) 1

Texto Completo (Preview)

jhc/ Antofagasta, a veintiséis de junio de dos mil diecinueve. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada y se tiene además presente: PRIMERO: Que sin perjuicio del razonamiento efectuado por la juez a quo, lo cierto es que debe dejarse claramente determinado que según el pagaré acompañado y el contenido de la pretensión, se trata de la situación regulada en el artículo 105 de la Ley 18.092, en

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