MORAN DURAN CRISTIAN FERNANDO / GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
27 de junio de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el recurso no dan cuenta de hechos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, correspondan a aquellos susceptibles de la cautela impetrada por esta vía, por lo cual la acción de amparo intentada no puede ser admitida a tramitación. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso deducido en estos autos. Archívese. N° Amparo-1400-2019 Pronunciada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el ministro señor Leopoldo Llanos Sagristá e integrada por el ministro (s) señor Juan Opazo Lagos y el abogado integrante señor Jaime Guerrero Pavez.
Fallo
Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso deducido en estos autos. Archívese. N° Amparo-1400-2019 Pronunciada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el ministro señor Leopoldo Llanos Sagristá e integrada por el ministro (s) señor Juan Opazo Lagos y el abogado integrante señor Jaime Guerrero Pavez.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) rcc Santiago, veintisiete de junio de dos mil diecinueve. Al folio 9: téngase por evacuado informe de Gendarmería de Chile. En cuanto a los documentos, a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el recurso no dan cuenta de hechos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, correspondan a aquellos
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