SIN INFORMACION

JUAN GALINDO AVILA/11º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

26 de junio de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Primero: Que comparece el abogado Iván Guevara Miranda, quien recurre de amparo en favor de Juan Galindo Ávila, en contra de la resolución de fecha 18 de junio pasado, dictada por doña María Eugenia Masihy Cattan, Juez del 11° Juzgado de Garantía de Santiago en causa RIT 8703-2014, mediante la cual se revocó la pena sustitutiva de remisión condicional, en ausencia del imputado y se despachó orden de detención en su contra, sin encontrase ejecutoriada dicha resolución. Solicita se ordene dejar sin efecto la orden de detención y se reestablezca el imperio del derecho. Indica para fundar su recurso que con fecha 23 de diciembre de 2015, Galindo Ávila fue condenado en procedimiento abreviado en la causa ya individualizada, como autor del delito de conducción en estado de ebriedad con resultado de lesiones leves, perpetrado el día 17 de octubre de 2014, en la comuna de el Bosque, a la pena 61 días de presidio menor en su grado mínimo, más las accesorias de suspensión de 2 años de la licencia de conducir, mas multa de dos unidades tributarias mensuales. Agrega que al dar cumplimiento a los requisitos exigidos en el artículo 3 ° y siguiente de la Ley 18.216, modificada por la N° 20.603, se le sustituyó el cumplimiento de la pena privativa de libertad precedentemente señalada por la de remisión condicional de la pena, la cual comenzó a cumplir con fecha 03 de Septiembre de 2018. Expone que en audiencia de 18 de junio pasado, atendida una nueva condena dictada en contra de Galindo Ávila, con fecha 1 de marzo de 2019, en causa RIT 4676-2016, se revoca la pena sustitutiva dictada en la causa RIT 8703-2014, despachando orden de detención, sin dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 468 del Código Procesal Penal, ya que no se renunció a los plazos, por lo cual la resolución no se encontraba firme y ejecutoriada y aún permanece en ese estado, ya que se apeló de la misma, siendo ingresada dicha causa a esta Corte bajo el Rol 1611-2019, con resolución pendiente.

Fallo

por tanto, le asisten los derechos y garantías que respecto a este último se confieren. Refiere que por lo anterior, no resulta conforme a derecho resolver la revocación de la pena sustitutiva en ausencia y despachar asimismo orden de detención, en circunstancias que la defensa exhibió un certificado médico para justificar la no comparecencia del condenado, documento que consta en carpeta virtual del tribunal a quo, contraviniendo con ello, lo establecido en el artículo 28 de la ley 18.216, en la cual se establece que en la audiencia de revocación de pena sustitutiva debe encontrarse presente el sentenciado junto a su abogado. Manifiesta por otra parte que la arbitrariedad de la resolución recurrida dice estrecha relación con la ilegalidad de la misma, por no encontrarse ésta fundamentada racionalmente conforme a derecho, en la medida en que no explica de qué manera se ha respetado el ejercicio de la defensa de Galindo Ávila, con la sola notificación de la resolución que fija la audiencia de revocación, sin considerar los posibles argumentos válidos que el sentenciado pudo haber planteado como parte de su defensa en audiencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 18.216, y que deben ser considerados conforme a la garantía de un juez imparcial, del artículo 1 inciso 1° del Código Procesal Penal y la realización de la audiencia en ausencia no puede fundarse en un riesgo de incomparecencia futura, porque ello no puede identificarse plenamente en forma alguna con

Texto Completo (Preview)

Certifico que alegó contra el recurso el abogado señor Samuel Malamud Herrera. Santiago, 26 de junio de 2019. Karin Bustamante Alvial, Relatora. En Santiago, a veintiséis de junio de dos mil diecinueve. Vistos: Primero: Que comparece el abogado Iván Guevara Miranda, quien recurre de amparo en favor de Juan Galindo Ávila, en contra de la resolución de fecha 18 de junio pasado, dictada por doña Ma

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica