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Rol
Fecha
28 de mayo de 2019
Materia
CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: El mérito de los antecedentes de autos, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y teniendo en especial consideración la época de presentación de los documentos electrónicos ofrecidos por la demandada, los cuales se presentaron con anterioridad al vencimiento del término probatorio de autos, siendo tal actuación procesal probatoria la que debe realizarse en cualquier estado del juicio y hasta el vencimiento del término de prueba en primera instancia, siendo, luego, la actuación de percepción documental la oportunidad del litigante para hacer una revisión y eventual objeción del instrumento electrónico presentado por la contraria, diligencia judicial que puede realizarse dentro o fuera del término probatorio, en una equivalencia del derecho de objeción que le asiste a todo litigante en uso de la citación y/o el apercibimiento de tenerlo por reconocido, según la naturaleza jurídica del documento y que son propios de la probanza instrumental física; todo lo anterior en conformidad de lo dispuesto en los artículos 347 y 348 bis del Código del ramo; se resuelve acoger el recurso de apelación rolante bajo el folio número 8, del cuaderno de incidente de nulidad; por lo que se REVOCA la sentencia apelada de fecha veintiocho de marzo de dos mil diecinueve, que declaró la nulidad de la audiencia de percepción documental llevada a efectos en estos autos y, en su lugar, se resuelve que se rechaza el incidente de nulidad de fecha 14 de febrero del presente año, rolante bajo el folio 1 del cuaderno de incidente de nulidad, sin costas por estimar que existieron
Fundamentos
motivos plausibles para su interposición. Redacción del abogado integrante don Nelson Ibacache Doddis Rol N° 339-2019 (Civil)
Fallo
se resuelve acoger el recurso de apelación rolante bajo el folio número 8, del cuaderno de incidente de nulidad; por lo que se REVOCA la sentencia apelada de fecha veintiocho de marzo de dos mil diecinueve, que declaró la nulidad de la audiencia de percepción documental llevada a efectos en estos autos y, en su lugar, se resuelve que se rechaza el incidente de nulidad de fecha 14 de febrero del presente año, rolante bajo el folio 1 del cuaderno de incidente de nulidad, sin costas por estimar que existieron motivos plausibles para su interposición. Redacción del abogado integrante don Nelson Ibacache Doddis Rol N° 339-2019 (Civil)
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintiocho de Mayo de dos mil diecinueve.- Visto: El mérito de los antecedentes de autos, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y teniendo en especial consideración la época de presentación de los documentos electrónicos ofrecidos por la demandada, los cuales se presentaron con anterioridad al vencimiento del término probatorio de autos, si
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