SIN INFORMACION

SANDVIK CREDIT CHILE S.A/11° JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO - (LTE)

Rol

Fecha

28 de mayo de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que don Luis Salvatierra Vargas en representación de Sandvik Credit Chile deduce recurso de hecho, a objeto de obtener se declare admisible el recurso de apelación deducido contra la resolución del Undécimo Juzgado Civil de Santiago, que en causa Rol C-3736-2019 con fecha veinticinco de marzo de dos mil diecinueve, negó lugar a la solicitud de verificación de crédito. Dicha apelación fue declarada inadmisible por el tribunal el dos de abril pasado en virtud de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N°20.720. SEGUNDO: Que el recurrente de hecho reconoce que, efectivamente, la Ley N°20.720 no se encuentra expresamente concedido el recurso de apelación para el caso de no acogerse la verificación, sin embargo, estima que ello no ocurre porque el legislador concursal no haya querido conceder el recurso en cuestión, ni tampoco se trata de un olvido, sino que por el contrario, lo que sucede es que lisa y llanamente el legislador concursal no ha establecido que sea el juez quien detente la facultad de objetar los créditos con fundamento en la falta de títulos justificativos, ya que dicha facultad se encuentra reservada, única y exclusivamente, al Veedor, el deudor y los acreedores. En consecuencia, malamente podría la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento Nº 20.720, prever un recurso de apelación para proteger los derechos e intereses de un acreedor, cuando no existe en la ley la facultad del juez para negar lugar a una verificación. TERCERO: Que informó el juez don Ricardo Núñez Videla, señalando que, efectivamente, la apelación se declaró inadmisible atendido lo dispuesto en la norma especial del artículo 4° de la Ley N° 20.720 que establece que la apelación procede contra las resoluciones que la ley señale expresamente, entre las cuales no se encuentra la resolución recurrida. CUARTO: Que si bien la resolución recurrida no es de aquellas que la Ley N° 20.720 hace expresamente apelables, ha de tenerse presente que se trata de una

Fallo

se declara: Que se acoge el recurso de hecho deducido don Luis Salvatierra Vargas en representación de Sandvik Credit Chile, en contra de la resolución de dos de abril pasado que declaró inadmisible su recurso de apelación en contra de la resolución de veinticinco de marzo de dos mil diecinueve, negó lugar a la solicitud de verificación de crédito, en los autos Rol C-3736-2019 del Undécimo Juzgado Civil de Santiago, y por consiguiente se declara que se concede el mismo, en el solo efecto devolutivo. Dese ingreso del mismo, debiendo adjuntarse a los antecedentes copia de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Civil-4551-2019.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de mayo de dos mil diecinueve. Al folio N° 192680: téngase presente. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que don Luis Salvatierra Vargas en representación de Sandvik Credit Chile deduce recurso de hecho, a objeto de obtener se declare admisible el recurso de apelación deducido contra la resolución del Undécimo Juzgado Civil de Santiago, que en causa Rol C-3

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