VALDERRAMA/JARA (CASACIÓN Y APELACIÓN)
Rol
Fecha
28 de mayo de 2019
Materia
ARRENDAMIENTO DEVOLUCIÓN GARANTÍA
Resultado
RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT
Hechos
Vistos: En estos autos RIT C-27438-2017 del 18 Juzgado Civil de Santiago, sobre terminación de contrato de arrendamiento y devolución de Garantía, por sentencia de diecinueve de marzo del año dos mil dieciocho, se rechazó la demanda de autos en todas sus partes, sin costas. En contra de dicho fallo, la parte demandante presentó recurso de casación en la forma y apelación. El recurso de casación se fundó en la causal prevista en el artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el artículo 170 del mismo cuerpo legal en sus numerales 1, 2, 3 y 6. Se trajeron los autos en relación para conocer los recursos de casación en la forma y apelación.
Fundamentos
Considerando: En cuanto al recurso de casación en la forma: Primero: Amparándose en la causal del artículo 768 N° 5 del Código de Procedimiento Civil, se denuncia que la sentencia no enunció la designación precisa de las partes litigantes, su domicilio, profesión u oficio, peticiones o acciones deducidas por el demandante y sus fundamentos excepciones o defensas alegadas por el demandado, además de no resolver el asunto controvertido al no pronunciarse sobre todas las acciones y los hechos en que estas se fundaron. Explica que la sentencia no resolvió el asunto controvertido, no se pronunció sobre todas las acciones y excepciones invocados por su parte, conteniendo decisiones contradictorias al sintetizar los hechos expositivos con aquellos considerativos, para integrar en autos eventuales litigantes que no representan intereses, incurriendo en vicios formales que afectan la sentencia al desconocer las partes, peticiones o acciones del demandante, excepciones o defensas del demandado sin ofrecer una evaluación congruente y armónica de los hechos . Agrega que la sentencia no se pronunció sobre todos los hechos constitutivos del contrato de arrendamiento entre las partes al exponer circunstancias ajenas a la pretensión y asunto controvertido, implicando no pronunciándose sobre la devolución de la garantía. Explica que su parte demandó a don Miguel Ángel Jara por la responsabilidad por el daño que le causó con ocasión del abandono del inmueble producto de constantes amenazas que se materializaron en los actos señalados en la demanda. Segundo: Basta para desestimar el recurso tener presente que si bien el
Fallo
fallo aparece dictado con defectos formales, en lo que dice relación con la individualización de las partes y la acción sometida al conocimiento del tribunal, es únicamente en lo expositivo y en su primer motivo-también expositivo- donde se configura el vicio denunciado, defecto que puede ser subsanado a través del recurso de apelación presentado, en términos que la invalidación del fallo no resulta ser la única vía con que se cuenta para su corrección, lo que autoriza para desestimar la invalidación solicitada conforme con lo dispuesto por el penúltimo inciso del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil. En cuanto al recurso de apelación: De la sentencia en alzada de diecinueve de marzo del año dos mil dieciocho se elimina toda su parte expositiva y sus considerandos primero, segundo y sexto. Y en su lugar, se tiene, además, presente: En estos autos C 27438-2017 del 18 Juzgado Civil de Santiago, Michel Gonzalo Valderrama Jaque, chileno independiente, cédula nacional de identidad N° 14.130.252-3, domiciliado en Pasaje Munich N° 5679, comuna de Conchalí; Región Metropolitana, demandó en juicio sumario, en virtud de la Ley 18.101 la terminación del contrato de arrendamiento por incumplimiento de éste a don Miguel Angel Jara Cotal, domiciliado en Calle Lonquimay N° 4902, comuna de Conchalí. En cuanto a los hechos señaló que con fecha 4 de mayo de 2016, firmó contrato de arrendamiento en calidad de arrendatario, respecto de un galpón ubicado en Tupungato N° 5298, comuna de
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C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de mayo de dos mil diecinueve. Vistos: En estos autos RIT C-27438-2017 del 18 Juzgado Civil de Santiago, sobre terminación de contrato de arrendamiento y devolución de Garantía, por sentencia de diecinueve de marzo del año dos mil dieciocho, se rechazó la demanda de autos en todas sus partes, sin costas. En contra de dicho fallo, la parte demandante presentó r
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