SIN INFORMACION

ANTILAO ANTILAO SEBASTIAN ARMANDO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

28 de mayo de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que se interpuso acción de amparo en favor de Sebastián Armando Antilao Antilao, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber rechazado su postulación al citado beneficio, solicitando que se acoja la presente acción, concediendo el beneficio, por cuanto cumple con todos los requisitos para su procedencia. SEGUNDO: Que informó la Presidenta de la Comisión recurrida, señora Paola Plaza González, indicando que el interno fue postulado por el Tribunal de Conducta del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, rechazándose su postulación por cuanto, si bien cumple con el requisito de tiempo mínimo y de conducta intachable, el informe psicosocial da cuenta de existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan otorgarle el beneficio, por ahora, ya que el profesional a cargo de la evaluación identifica una tendencia a favor del delito, al validar conductas delictuales como medio para la consecución de sus objetivos, no realizando análisis pertinentes hacia las víctimas. También demuestra dificultades en sus habilidades de auto control conductual y de resolución de situaciones críticas, incipiente conciencia del delito y mediana conciencia del daño. Lo anterior, demuestra una escasa posibilidad de que el interno se reinserte en la sociedad, a lo que se suman características de su personalidad y falta de conciencia de la gravedad de sus delitos. Por ello, indica que la Comisión rechazó por unanimidad la postulación. TERCERO: Que, asimismo, se acompañó el formulario consolidado de postulación del interno, donde se lee que se encuentra cumpliendo las penas de 5 años y un día más 541 días, por los delitos de robo con violencia y porte ilegal de arma de fuego, respectivamente, iniciando cumplimiento el 2 de abril de 2014 y teniendo como fecha de término el 25 de septiembre de 2020, sin días de abono. CUARTO: Que el recurso de amparo constituye jurídicamente una acción cautelar, de índole constitucional, cuyo contenido especí

Fundamentos

fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por rechazar la libertad condicional del amparado, tienen relación con que éste no reunía las condiciones necesarias, antes reseñadas, que permitan demostrar que se encuentra corregido y rehabilitado para una adecuada reinserción social. SÉPTIMO: Que, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, se puede concluir que la recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que en su decisión se haya incurrido en un acto que pueda estimarse como arbitrario e ilegal. OCTAVO: Que, en cualquier caso, contribuye a descartar la ilegalidad atribuida, considerar que la decisión cuestionada se adoptó por el órgano creado especialmente al efecto por la ley, compuesto por un ministro de esta Corte y diez jueces con competencia en materias penales.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA la acción constitucional de amparo deducido en favor de Sebastián Armando Antilao Antilao y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese si no se apelare. N°Amparo-917-2019.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de mayo de dos mil diecinueve. VISTOS: PRIMERO: Que se interpuso acción de amparo en favor de Sebastián Armando Antilao Antilao, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber rechazado su postulación al citado beneficio, solicitando que se acoja la presente acción, concediendo el beneficio, por cuanto cumple con todos los requisitos para su proc

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