3º JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE LA FLORIDA

PINO TORO DAVID - MARAMBIO VARGAS ARTURO

Rol

Fecha

16 de mayo de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del fundamento 8 que se elimina. Y se tiene, en su lugar, y además, presente: Primero: Que deduce recurso de apelación la demandada civil, solicitando se revoque la sentencia en alzada, en la parte que acoge la acción civil y lo condena a pagar la suma de $200.000 por concepto de daños de la motocicleta del actor, con costas. En síntesis, refiere que, los daños materiales sufridos por el actor no fueron acreditados. Segundo: Que del análisis de los antecedentes, se advierte que el actor no compareció a la continuación de la audiencia de contestación y prueba, concurriendo solo la parte querellada y demandada civil. Consecuentemente, no se rindió prueba alguna por el actor para sustentar sus pretensiones. Tercero: Que, no obstante el deber de apreciar la prueba conforme a las reglas de la sana crítica en este tipo de procedimiento, lo cierto es que en los hechos no aparece acompañada ninguna prueba que permita a estos sentenciadores apreciar, a fin de establecer la entidad de los daños, y su quantum, por lo que la demanda civil entablada no puede prosperar. Cuarto: Que, estimando, en el caso de autos, que ha existido motivo plausible para litigar y estableciendo el artículo 50 de la ley 15231 la facultad para el tribunal de condenar en costas a la parte vencida, esta Corte hará uso de ese arbitrio. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la ley 18287, se revoca, sin costas, la sentencia de doce de febrero de dos mil dieciocho, dictada por el Tercer Juzgado de Policía Local de La Florida, en la parte que acoge la demanda civil de autos y en su lugar se decide que se rechaza en todas sus partes, sin costas, la acción civil impetrada. Regístrese y devuélvase en su oportunidad. Redacción del Abogado Integrante señor Jorge Norambuena Hernández. Rol Nº728-2018. Pronunciada por la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministro señor

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la ley 18287, se revoca, sin costas, la sentencia de doce de febrero de dos mil dieciocho, dictada por el Tercer Juzgado de Policía Local de La Florida, en la parte que acoge la demanda civil de autos y en su lugar se decide que se rechaza en todas sus partes, sin costas, la acción civil impetrada. Regístrese y devuélvase en su oportunidad. Redacción del Abogado Integrante señor Jorge Norambuena Hernández. Rol Nº728-2018. Pronunciada por la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministro señora María Soledad Melo Labra e integrada por el Fiscal Judicial señor Raúl Trincado Dreyse y por el Abogado Integrante señor Jorge Norambuena Hernández.

Texto Completo (Preview)

Santiago, dieciséis de mayo de dos mil diecinueve. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del fundamento 8 que se elimina. Y se tiene, en su lugar, y además, presente: Primero: Que deduce recurso de apelación la demandada civil, solicitando se revoque la sentencia en alzada, en la parte que acoge la acción civil y lo condena a pagar la suma de $200.000 por concepto de daños d

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica