MP C/ PABLO ALEJANDRO SAN MARTIN ROJAS
Rol
Fecha
16 de mayo de 2019
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
REVOCADA/COMUNÍQUESE
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que concurrieron a esta audiencia y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 352, 358, 360 370 y 414 del Código Procesal Penal y 37 de la Ley 18.216 SE REVOCA la resolución apelada dictada el veinticinco de abril de dos mil diecinueve, inserta en la carpeta virtual Rit O-4826-2014 del Juzgado de Garantía de Talca y, en su lugar, se resuelve que se mantiene la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna. Sin perjuicio de lo anterior se deberá apercibir al sentenciado a dar estricto cumplimiento a la precitada pena y, asimismo, el Tribunal de Garantía deberá oficiar a Gendarmería informando el cambio de horario que se hizo en el mes de septiembre de 2018. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante don Ruperto Pinochet Olave, quien estuvo confirmar la resolución en alzada, atendida sus propios fundamentos. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. Rol N° 392-2019/Penal.
Fallo
se resuelve que se mantiene la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna. Sin perjuicio de lo anterior se deberá apercibir al sentenciado a dar estricto cumplimiento a la precitada pena y, asimismo, el Tribunal de Garantía deberá oficiar a Gendarmería informando el cambio de horario que se hizo en el mes de septiembre de 2018. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante don Ruperto Pinochet Olave, quien estuvo confirmar la resolución en alzada, atendida sus propios fundamentos. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. Rol N° 392-2019/Penal.
Texto Completo (Preview)
Talca, dieciséis de mayo de dos mil diecinueve.- Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que concurrieron a esta audiencia y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 352, 358, 360 370 y 414 del Código Procesal Penal y 37 de la Ley 18.216 SE REVOCA la resolución apelada dictada el veinticinco de abril de dos mil diecinueve, inserta en la carpeta virtual Rit O-4
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