GLORIA RAMIREZ AGUILAR EN CONTRA DE GONZALO CANALES RAMIREZ
Rol
Fecha
16 de mayo de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Que teniendo presente que del tenor del recurso deducido por doña Gloria Ramírez Aguilar, se desprende que el acto denunciado no constituye una vulneración de garantías constitucionales que sea susceptible de protegerse por esta acción constitucional extraordinaria, no siendo esta la vía idónea para obtener la pretensión que indica en su presentación y visto además lo dispuesto en el Nº 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección, sin perjuicio de otros derechos. Sin perjuicio de lo anterior, remítase estos antecedentes al Juzgado de Familia de San Miguel de turno que corresponda para los fines a que hubiere lugar. Rol N°3630-2019-Prot.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de protección, sin perjuicio de otros derechos. Sin perjuicio de lo anterior, remítase estos antecedentes al Juzgado de Familia de San Miguel de turno que corresponda para los fines a que hubiere lugar. Rol N°3630-2019-Prot.
Texto Completo (Preview)
CH(a.m) En Santiago, a dieciséis de mayo de dos mil diecinueve. A la presentación de catorce de mayo del año en curso: Vistos: Que teniendo presente que del tenor del recurso deducido por doña Gloria Ramírez Aguilar, se desprende que el acto denunciado no constituye una vulneración de garantías constitucionales que sea susceptible de protegerse por esta acción constitucional extraordinaria, no sie
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica