RIVEROS/ISAPRE NUEVA MAS VIDA S.A (EN VISTA CONJUNTA CON ROLES N°2840-2018 Y 2701-2018 /PROTECCION ACUMULADA CON ROLES N°2756-2018, 2770-2018, 2780-2018, 2781-2018 Y 2786-2018 / PROTECCION)
Rol
Fecha
16 de mayo de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el abogado don JUAN PABLO ROJAS DÍAZ, en representación de las médicos doña Valeria Francisca Ortiz Vega, doña Francisca Javiera Rojas Morales y del médico don Daniel Alejandro Riveros Galaz, recurren de protección en contra de NUEVA MASVIDA S.A. (Ex Isapre Óptima), persona jurídica del giro de Isapre, cuyo representante legal es don Hernán Pérez Carvallo, imputándole una acción ilegal y arbitraria, al proceder unilateralmente a amenazar con la terminación del plan de salud MAS 2005 GOLD en caso de silencio de no optar por las propuestas de nuevos planes alternativos, causando con ello una grave amenaza y perturbación al legítimo ejercicio de sus derechos y garantías constitucionales consagradas en el Artículo 19, numerales 9 y 24 de la Constitución Política de la República SEGUNDO: Que dice el recurrente que los tres profesionales por los cuales recurre son médicos socios de Empresas Mas Vida, quienes en su momento se vincularon a la mencionada empresa de inversiones, a la postre dueña de Isapre MAS VIDA, mediante la compra de una cuota de participación en la empresa llamada “acción”, por la que pagaron una cifra cercana a los cinco millones de pesos cada uno, lo que a cambio les otorgaba el derecho a ser beneficiarios de un plan de salud con condiciones especiales que podían hacer extensivo a su familia. Dice el abogado que siendo cónyuge de doña Valeria Francisca Ortiz Vega, de acuerdo a los términos y condiciones de su plan de salud, puede acceder a su beneficios cotizando lo que le corresponde, formando parte del plan su hijo Pedro Pablo Rojas Ortiz, agregando que atendida la compra de la cartera de beneficiarios por parte una compañía denominada Nexus, a esa fecha dueña de Isapre Óptima y la posterior conformación de la isapre NUEVA MÁS VIDA, están actualmente afiliados a dicha entidad, como beneficiarios de un plan de salud grupal denominado PLAN MAS 2005 GOLD, destinado a médicos socios de la ex Isapre Más Vida. TERCERO: Que luego de hacer una referencia a los antecedentes que dan inicio a la participación de los médicos en la EMPRESA MASVIDA S.A., con la específica y expresa finalidad de formar una asociación que atendiera las necesidades de salud de los médicos y sus familias de por vida, señala que la compañía diseñó, especialmente, planes de salud grupales complementarios para sus médicos socios, entre los que se halla el llamado MAS 2005. Continúa diciendo que el 14 de abril de 2017, el Administrador Provisional de ISAPRE MASVIDA S.A., llegó a un acuerdo con el representante de NEXUS CHILE HEALTH SPA, accionista controladora de ISAPRE OPTIMA S.A. (que actualmente se llama ISAPRE NUEVA MASVIDA S.A.), para transferir globalmente a esta última la totalidad de la cartera de afiliados de ISAPRE MAS VIDA S.A, entre los cuales se encontraban los contratos de salud previsional de su cónyuge y de los médicos respecto de quienes acciona, subordinándose la eficacia de dicho acuerdo que fuere autorizada por la JUNTA
Fallo
por tanto el primer trámite destinado a modificar un plan de salud grupal, pero sin que por ello pueda entenderse que se pone término a la cobertura del plan de salud que los recurrentes tienen contratado, reiterando que por ello no se ve afectada –en lo inmediato– la vigencia y coberturas de los mismos, toda vez que son los propios recurrentes quienes tienen que dar cuenta de su rechazo o conformidad a través de la elección de alguna de las alternativas propuestas por su representada, acotando que no existe la afectación constitucional que refieren los recurrentes , toda vez que no está en peligro la cobertura de salud o beneficios que los recurrentes tiene contratados a través del plan grupal de salud. DÉCIMO TERCERO: Que, en referencia a los antecedentes históricos, dice que la Isapre Nueva Masvida S.A. es una institución de salud previsional cuyo objetivo principal es otorgar a sus afiliados un mejor acceso a atenciones de salud, enfocada siempre en implementar soluciones innovadoras para ellos; que forma parte de Nexus Company, empresa norteamericana con más de 20 años de experiencia y trayectoria en el mercado de la salud; que adquirió la cartera de ISAPRE MASVIDA S.A., en el marco de la crisis financiera que durante el año 2017 soportó dicha ex Isapre, señalando que a consecuencia de aquello, con fecha 6 de marzo del año 2017, mediante resolución N° 288 de la Superintendencia de Salud, dicha Isapre fue intervenida por la autoridad, nombrándose un Administrador Provisio
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Talca, dieciséis de mayo de dos mil diecinueve.- VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el abogado don JUAN PABLO ROJAS DÍAZ, en representación de las médicos doña Valeria Francisca Ortiz Vega, doña Francisca Javiera Rojas Morales y del médico don Daniel Alejandro Riveros Galaz, recurren de protección en contra de NUEVA MASVIDA S.A. (Ex Isapre Óptima), persona jurídica del giro de Isapre, cuyo represe
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