FERNÁNDEZ / CASTILLO, CARVALLO Y CASTILLO ASOCIADOS Y COMPAÑÍA LTDA. Y OTROS
Rol
Fecha
16 de mayo de 2019
Materia
REAJUSTES E INTERESES
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Que a fojas 14 comparece la abogada SHIRLEY QUINTANILLA SILVA, en representación de Servicio de Vivienda y Urbanización V Región (SERVIU V Región), y, de conformidad a los artículos 477 y siguientes del Código del Trabajo, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia de 26 de marzo de 2019, Pamela Ponce Valenzuela, Juez Titular del Juzgado de Letras de Valparaíso, en los autos Fernández con Castillo Carvallo y Castillo Asociados y otros, RIT O-410-2018, por accidente del trabajo, que acogió la demanda interpuesta en contra de la demandada principal Castillo, Carvallo y Castillo Asociados y Compañía Limitada, condenándola al pago de $70.000.000.- por concepto de daño moral derivado del accidente de trabajo ocurrido el 24 de febrero de 2016 y condenó solidariamente: A) al Conjunto Habitacional Villa Primavera Block L; B) al prestador de servicios de asistencia técnica Asesoría Inmobiliaria Arquitectura y Administración Marcelo Oliva Castillo EIRL; y C) al Servicio de Vivienda y Urbanización V Región; exonerando de la responsabilidad que le pudiera recaer al Fisco de Chile – Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Funda su recurso en la causal de nulidad establecida en el artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, haberse dictado la sentencia definitiva con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que señala la recurrente que el considerando 24 del
Fallo
fallo impugnado, estableció que el Serviu no es parte del Contrato de Construcción y Mandato en cuya ejecución se produjo el accidente laboral que afectó al demandante; mas, y no obstante ello, concluye que el Serviu cumple con funciones asociadas a la evaluación y aprobación de los proyectos técnicos y presupuestos. También concluye que este organismo aprueba el precio del contrato y su forma de pago, conforme al giro de los subsidios habitacionales. De la misma manera se indica la sentencia que el contratista puede solicitar al Serviu anticipos, a cuenta del pago de los subsidios destinados a financiar las obras. Asimismo, señala que el contratista debe caucionar estos giros con boleta bancaria de garantia a favor de este Servicio. A partir de ello, la sentenciadora indica otras funciones del Serviu que estarían expresadas en el contrato, señalando que el Servicio puede autorizar junto con el Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (PSAT) modificaciones al proyecto, decidir acerca de la aplicación de multas por atraso en las obras. Señala, además, que la empresa constructora debe cumplir procesos de supervisión que Serviu efectúa sobre la gestión del Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (PSAT). SEGUNDO: Que complementa la recurrente, señalando que en su considerando 23, el fallo indicó que entre las obligaciones del contratista se establecen, entre otras, la de ejecutar el trabajo según el proyecto aprobado por el Serviu, y deberá aceptar, respetar y cumplir
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Fojas: 36 Treinta y seis. Cgv C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciséis de mayo de dos mil diecinueve. Vistos: Que a fojas 14 comparece la abogada SHIRLEY QUINTANILLA SILVA, en representación de Servicio de Vivienda y Urbanización V Región (SERVIU V Región), y, de conformidad a los artículos 477 y siguientes del Código del Trabajo, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia de 26 de
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