AQUATEMPRA LTDA - PROSEGUR CHILE ACTIVA LTDA
Rol
Fecha
16 de mayo de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia de fecha cinco de marzo de 2018, a excepción del
Fundamentos
considerando décimo cuarto que se elimina y, teniendo además presente. Primero: Que el apoderado de la parte demandada, Daniel Cortés Silva, se alzó contra la sentencia, dictada por el Juzgado de policía local de Recoleta, de fecha 5 de marzo de 2018. Señala en lo pertinente, -perjuicios demandados-, que en el caso de autos no existen perjuicios certeros y menos han sido acreditados y por ello pide se revoque lo resuelto en cuanto se condena a su representada al pago de $300.000, por concepto de daño emergente y se rechace la acción indemnizatoria. Segundo: Que, tal como lo señala el juez en el apartado décimo cuarto de la sentencia motivo del recurso, la empresa demandante no aportó algún medio idóneo para determinar el daño emergente en este proceso, por ello no se justifica la tasación que el mismo efectúa, regulando el daño material en la suma de $300.000., con más reajuste y las costas. Tercero: No habiéndose rendido por la empresa demandante prueba pertinente e idónea en orden a acreditar el daño emergente que le habría provocado el actuar de la parte demandada, no resulta pertinente acoger el libelo, por lo que la sentencia será revocada a este respecto. Cuarto: En relación a la condena en costas, no habiendo sido totalmente vencida la parte demandada, se relevará a esta parte del pago de las mismas.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 144, 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y 32 de la Ley 18.827, se declara: I.- Se revoca la sentencia de cinco de marzo de 2018, en cuanto por su decisión B) acoge la demanda civil deducida a nombre de Aquatempra Ltda. y en cambio se decide que se rechaza dicha pretensión y en cuanto se condena a la parte demandada al pago de las costas, eximiéndosele de dicha carga; y, II.- Se confirma en lo demás apelado la sentencia de cinco de marzo de 2018. Regístrese y devuélvase. Redactó el Fiscal judicial señor Trincado. Rol N° 744-2018.- Pronunciada por la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministro señora María Soledad Melo Labra e integrada por el Fiscal Judicial señor Raúl Trincado Dreyse y por el Abogado Integrante señor Jorge Norambuena Hernández.
Texto Completo (Preview)
Santiago, dieciséis de mayo de dos mil diecinueve.- Vistos: Se reproduce la sentencia de fecha cinco de marzo de 2018, a excepción del considerando décimo cuarto que se elimina y, teniendo además presente. Primero: Que el apoderado de la parte demandada, Daniel Cortés Silva, se alzó contra la sentencia, dictada por el Juzgado de policía local de Recoleta, de fecha 5 de marzo de 2018. Señala en l
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