JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE QUELLON

NANCUL CON SOC COMERCIAL MADERAS JJ LDTA Y OTRO

Rol

Fecha

8 de mayo de 2019

Materia

LEY INDÍGENA (ATR.56 DE LA LEY 19.253)

Resultado

OMITE PRONUNCIAMIENTO

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Hechos

Puerto Montt, ocho de mayo de dos mil diecinueve. Atendido el mérito de los antecedentes, siendo previo e indispensable para una correcta resolución del asunto, el Tribunal A quo debe complementar la parte resolutiva de la sentencia recurrida en cuanto a lo resuelto respecto de la falta de legitimación activa, además, debe aclarar lo expuesto en el

Fundamentos

considerando octavo, en cuanto a la frase "...objetados por la contraria". Hecho lo anterior, notifíquese conforme a derecho y una vez transcurridos los plazos legales elévese. Cúmplase por la vía más expedita. Déjese sin efecto el decreto en relación. N°Civil-1206-2018.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, ocho de mayo de dos mil diecinueve. Atendido el mérito de los antecedentes, siendo previo e indispensable para una correcta resolución del asunto, el Tribunal A quo debe complementar la parte resolutiva de la sentencia recurrida en cuanto a lo resuelto respecto de la falta de legitimación activa, además, debe aclarar lo expuesto en el considerando octavo, en cuanto a la frase "...ob

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