JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE COELEMU

MP C/ FABIAN ANTONIO ALEGRIA PLAZA

Rol

Fecha

17 de abril de 2019

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes existentes en la carpeta digital, lo expuesto por los comparecientes en estrados y lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, de los que se desprende que, por ahora, no se encuentra suficientemente justificado el requisito de la letra a) del artículo 140 de dicho cuerpo legal en relación al delito de robo con intimidación, ni el de la letra b) en lo que dice relación con la receptación, por lo que la medida de prisión preventiva impuesta, resulta excesiva, pues los fines del procedimiento y la seguridad de la sociedad quedan suficientemente resguardados con una de menor intensidad, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de nueve del presente, que mantuvo la medida cautelar personal de prisión preventiva del imputado Rodrigo Ferrada Silva, y en su lugar se declara, que se le imponen las cautelares personales del artículo 155 del cuerpo legal precitado, en sus letras a), esto es, arresto domiciliario total en el domicilio señalado en la audiencia y, g), la prohibición de acercarse a la víctima y a su familia. Insértese en el acta respectiva. Téngase por notificados a los intervinientes presentes en la audiencia, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C.: 120-2019 Penal.

Fallo

se declara, que se le imponen las cautelares personales del artículo 155 del cuerpo legal precitado, en sus letras a), esto es, arresto domiciliario total en el domicilio señalado en la audiencia y, g), la prohibición de acercarse a la víctima y a su familia. Insértese en el acta respectiva. Téngase por notificados a los intervinientes presentes en la audiencia, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C.: 120-2019 Penal.

Texto Completo (Preview)

Chillán, diecisiete de abril de dos mil diecinueve. ACT/rps Visto: Atendido el mérito de los antecedentes existentes en la carpeta digital, lo expuesto por los comparecientes en estrados y lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, de los que se desprende que, por ahora, no se encuentra suficientemente justificado el requisito de la letra a) del artículo 140 de dicho cuerp

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica