LILLO/HOSPITAL CARLOS VAN BUREN
Rol
Fecha
16 de abril de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Atendido que de los hechos expuestos no se advierte algún acto u omisión, arbitrario o ilegal, que constituya vulneración o amenaza en contra de los derechos fundamentales del recurrente, garantizados por el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y visto lo dispuesto por el N°2 del Auto Acordado sobre la materia, se declara inadmisible el recurso de protección deducido en favor de don Carlos Lillo Carvajal, contra el Hospital Carlos Van Buren de Valparaíso. Al segundo otrosí: Téngase presente el patrocinio, venga en forma el poder. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-4621-2019.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de protección deducido en favor de don Carlos Lillo Carvajal, contra el Hospital Carlos Van Buren de Valparaíso. Al segundo otrosí: Téngase presente el patrocinio, venga en forma el poder. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-4621-2019.
Texto Completo (Preview)
Foja: 6 Seis C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciséis de abril de dos mil diecinueve. Proveyendo Folio N° 31646 a fojas 2: A lo principal y primer otrosí: Visto: Atendido que de los hechos expuestos no se advierte algún acto u omisión, arbitrario o ilegal, que constituya vulneración o amenaza en contra de los derechos fundamentales del recurrente, garantizados por el artículo 20 de la Constitució
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