SIN INFORMACION

FREDERIC ALEXIS ALCANTARA GANGAS CON COMITE DE ADELANTO LOMAS DE RAUQUEN REP MARIA ELENA DI MARCO ZAMORA

Rol

Fecha

16 de abril de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO:   Se presenta don FREDERIC ALEXIS ALCANTARA GANGAS, ingeniero, domiciliado en Lomas de Rauquén C 29 comuna de Pencahue, interponiendo recurso de protección en contra del Comité de Adelanto Lomas de Rauquén, cuya presidenta es doña María Elena Di Marco Zamora, domiciliada en calle Uno Norte N°931,oficna 601 de la ciudad de Talca.  Expone que el mencionado Comité no le permite el libre acceso al camino público de ingreso al mencionado loteo en el cual se encuentra su propiedad, inscrita a su nombre a fojas 23933, número 9150 del Conservador de Bienes Raíces de Talca, correspondiente al año 2011, lo que perturba su derecho de propiedad, reconocido en el n° 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, que reproduce. Dice que desde hace varios años se encuentran instaladas barreras cerradas, permitiendo el acceso solo a los miembros del comité recurrido, los que cobran una cuota ascendente a $60.000 mensuales por concepto de “Gastos Comunes”, acotando que con fecha 14 de marzo pasado, solicitó la presencia de carabineros, quienes dejaron constancia de la existencia de dichas barreras, aduciendo que en el caso, no se aplica la Ley n° 19.537, sobre copropiedad inmobiliaria por lo que no es existe la facultad de cobrar gastos comunes. Sostiene que las barreras obligan a cada uno de los propietarios, no miembros del Comité, a accionar manualmente el sistema de entrada lo que limita la libre circulación en los caminos del loteo, impidiendo el ejercicio legítimo de sus servidumbre de tránsito sin existir causa legal para ello. SEGUNDO: Que informando la recurrida afirma que el Comité fue constituido el 17 de enero de 2008, pormenorizando los objetivos del mismo, entre los cuales está la de resguardar la seguridad y vida de todos sus habitantes, para lo cual se contrató una empresa de ese rubro, se construyó una caseta de control para los guardias, estableciendo para hacer frente a esos objetivos una cuota de sesenta mil pesos mensuales por vecino.

Fallo

Fallo del Recurso de Protección, se declara: Que, se rechaza el deducido por don Frederic Alexis Alcántara Gangas, sin costas del recurso. Redacción del ministro don Rodrigo Biel Melgarejo Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol nº 709-2019. Protección.

Texto Completo (Preview)

Talca, dieciséis de abril de dos mil diecinueve. VISTO:   Se presenta don FREDERIC ALEXIS ALCANTARA GANGAS, ingeniero, domiciliado en Lomas de Rauquén C 29 comuna de Pencahue, interponiendo recurso de protección en contra del Comité de Adelanto Lomas de Rauquén, cuya presidenta es doña María Elena Di Marco Zamora, domiciliada en calle Uno Norte N°931,oficna 601 de la ciudad de Talca.  Expone que

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