ING. Y CONST. EDO. ARANCIBIA/INSP.TRAB.QUELLON
Rol
Fecha
15 de abril de 2019
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que los
Fundamentos
fundamentos de la resolución recurrida no permiten inferir los motivos por los cuales fue declarada de oficio la caducidad de la acción, y se refieren en cambio a la procedencia o no de la acción; 2.- Que, asimismo, el artículo 512 del Código del Trabajo no limita la reclamación deducida en contra de la resolución dictada por el Director del Trabajo, constituyendo el raciocinio que contiene la resolución recurrida, una interpretación sobre la pertinencia de fondo de dicha acción, que no correspondía aplicar de oficio en la audiencia preparatoria. Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 503, 511 y 512 del Código del Trabajo, se revoca la resolución en alzada de fecha 6 de febrero de 2019, dictada por la magistrada doña Carolina Pardo Lobos, ordenando continuar con la tramitación del procedimiento, correspondiente. Redacción del señor Abogado Integrante de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, don Christian Löbel Emhart. Comuníquese y devuélvase. Rol Laboral Nº 46-2019.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, quince de abril de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: 1.- Que los fundamentos de la resolución recurrida no permiten inferir los motivos por los cuales fue declarada de oficio la caducidad de la acción, y se refieren en cambio a la procedencia o no de la acción; 2.- Que, asimismo, el artículo 512 del Código del Trabajo no limita la reclamación deducida en contra de la r
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