SIN INFORMACION

MORALES/RETAMAL

Rol

Fecha

15 de abril de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que con fecha 11 de diciembre del año próximo pasado comparece Karen Sepúlveda Luardo, abogada, interponiendo recurso de protección en nombre y a favor de Rosa Ester Morales Campos, labores del hogar, con domicilio de paso en calle Freire N° 145, de la comuna y ciudad de Linares, VII Región del Maule y de Blanca Patricia Morales Campos, dueña de casa, domiciliada en calle Freire N° 145, de la comuna y ciudad de Linares, VII Región del Maule, en contra de José Ismael Retamal Cisterna, domiciliado en parcela N° 40 de la comuna de Retiro, sector “Santa Teresa”, VII Región del Maule. Sostiene que las recurrentes son herederas de los derechos hereditarios quedados al fallecimiento de su padre Héctor Manuel Morales Gutiérrez, como consta de la inscripción de herencia de fojas 3.690 N° 1.489 del Registro Conservador de Bienes Raíces de Parral del año 2018, que adquirió de la posesión efectiva quedada al fallecimiento de sus abuelos Manuel Gregorio Morales Hernández y Otilia Gutiérrez Retamal, inscrita a fojas 424 vuelta N° 401 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Parral del año 1966 respecto de una propiedad adquirida por Manuel Gregorio, que rola inscrita a fojas 298 N° 422 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Parral del año 1954, retazo compuesto de 32 cuadras, ubicada en la comuna de Retiro. El referido inmueble consiste en un predio agrícola denominado Santa Lucía, antes San José, ubicado en la Comuna de Retiro de 32 y media cuadras de cabida con los deslindes que indica. Sostienen las recurrentes que, cuando eran menores, esa propiedad estaba bajo el cuidado de don Juan de Dios Retamal Aravena, padre del recurrido, quien podía realizar plantaciones a modo de pago por la labor desempeñada. Refiere que el año 2018, en junio aproximadamente, al enterarse del fallecimiento del cuidador, ocurrido en julio de 2016, uno de los herederos concurrió a la propiedad a verificar su estado act

Fundamentos

fundamentos y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y

Fallo

Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas por haber existido motivo plausible para accionar, el deducido por la abogada Karen Macarena Sepúlveda Luardo, a favor y en nombre de Blanca Patricia y Rosa Ester Morales Campos, en contra de José Ismael Retamal Cisterna, sin perjuicio de otras acciones que puedan ejercerse ante el órgano jurisdiccional competente y conforme al procedimiento que legalmente corresponda. Regístrese y, en su oportunidad, archívese. Redacción del Presidente de la Segunda Sala, Ministro Eduardo Meins Olivares. Rol N°3390-2018-Protección. Se deja constancia que no firma la Ministra doña Olga Morales Medina, sin perjuicio de haber concurrido a la vista y acuerdo de la causa, por encontrarse con permiso en conformidad al artículo 347 del Código Orgánico de Tribunales.

Texto Completo (Preview)

Talca, quince de abril de dos mil diecinueve. Visto y teniendo presente: Primero: Que con fecha 11 de diciembre del año próximo pasado comparece Karen Sepúlveda Luardo, abogada, interponiendo recurso de protección en nombre y a favor de Rosa Ester Morales Campos, labores del hogar, con domicilio de paso en calle Freire N° 145, de la comuna y ciudad de Linares, VII Región del Maule y de Blanca Patr

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