16º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BAN/TESORERIA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Rol

Fecha

16 de abril de 2019

Materia

HACIENDA,PROCED.CUANTÍA INFERIOR ART. 749 C.P.C.

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primer instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley, naturaleza jurídica que, en la especie, no se cumple, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandada con fecha nueve de abril pasado, en contra de la resolución dictada con fecha tres de abril de dos mil diecinueve. Acordado esto último con el voto en contra del Ministro señor Llanos, quien fue de declarar admisible el recurso, atendida la naturaleza de la resolución recurrida. Comuníquese. N°Civil-4697-2019. (eai)

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandada con fecha nueve de abril pasado, en contra de la resolución dictada con fecha tres de abril de dos mil diecinueve. Acordado esto último con el voto en contra del Ministro señor Llanos, quien fue de declarar admisible el recurso, atendida la naturaleza de la resolución recurrida. Comuníquese. N°Civil-4697-2019. (eai)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de abril de dos mil diecinueve. Al folio 3 y 4: estése a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primer instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites q

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