SIN INFORMACION

OLIVARES/CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR DE LOS ANDES

Rol

Fecha

12 de abril de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Valery Delgado Montecinos, en representación de David Olivares Arancibia, interponiendo la acción constitucional de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar la Araucana, y en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, por cuanto ambos han ejecutado actos ilegales y/o arbitrarios a fin de hacerse pago, en forma indirecta e ilegítima, de parte de la remuneración de su representado mientras la acción civil se encuentra pendiente. Lo anterior, afecta en forma grave y determinante las garantías constitucionales del derecho de propiedad sobre toda clase de bienes corporales e incorporales consagrada en el artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la Republica, por lo que solicita que se acoja el recurso de protección interpuesto en contra de las recurridas, adoptando todas las medidas necesarias para el restablecimiento del imperio del derecho y, en especial, ordenando a Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, el reintegro y devolución de todas y cada una de las sumas descontadas ilegal y arbitrariamente de las remuneraciones del recurrente, por un monto total de $502.330 pesos, y de toda otra cifra que sea descontada durante la secuela de la presente acción, con los intereses que legalmente correspondan y debidamente reajustadas hasta el momento de dicha devolución y que se abstengan La Caja de Compensación la Araucana en lo sucesivo de efectuar descuentos de las remuneraciones del recurrente por encargo de la recurrida Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, y que se condene expresamente al pago de las costas. Segundo: Que, en cuanto a los hechos, señala la recurrente que su representado el día 15 de enero de 2019, previa solicitud a su empleadora, le entregaron sus 12 últimas liquidaciones de sueldo, percatándose que le habían realizado descuentos de la Caja de compensación la Araucana y, como trabaja bajo un sistema

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, la acción constitucional de protección deducido en favor de David Olivares Arancibia, y se declara que la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes deberá cesar de inmediato los descuentos practicados, a través del empleador de la recurrente, y de la Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana, debiendo, además, proceder a la devolución de los dineros que motivan el recurso y efectivamente descontados de su remuneración, dentro de décimo día, sin perjuicio del derecho que asiste a la referida entidad para perseguir el pago de la obligación por los medios ordinarios. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-9572-2019. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Jorge Zepeda Arancibia e integrada por el Ministro (I) señor José Santos Pérez Anker y por la Abogado Integrante señora María Cecilia Ramírez Guzmán. No firma la Abogado Integrante señora Ramírez por encontrarse ausente.

Texto Completo (Preview)

Santiago, doce de abril de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Valery Delgado Montecinos, en representación de David Olivares Arancibia, interponiendo la acción constitucional de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar la Araucana, y en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, por cuanto ambos

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