MP. C/ HUMBERTO MAURICIO ZÚÑIGA CARRASCO.
Rol
Fecha
12 de abril de 2019
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS
Resultado
REVOCADA
Hechos
hechos materia de la formalización, se encuentran suficientemente demostrados en esta etapa del proceso. 2º) Que, de otro lado, en cuanto a la necesidad de cautela, se requiere la sujeción del imputado a los actos del procedimiento, mientras este no finalice, por lo que esta Corte considera que el presupuesto de la letra c) del artículo 140 antes citado puede satisfacerse con medidas cautelares de menor intensidad a la prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 140 y 155 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de diez de abril del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que no hizo lugar a imponer la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Humberto Mauricio Zúñiga Carrasco, ni ninguna otra, y en su lugar se decretan las medidas cautelares de las letras a) y d) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario nocturno desde las 22:00 a las 06:00 horas del día siguiente y arraigo nacional, debiendo el Tribunal a quo dictar las resoluciones pertinentes con la finalidad de hacer cumplir lo ordenado. Comuníquese. Rol N° 910-2019-Penal Pronunciada por la Quinta Sala de esta Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por las Ministras señora Adriana Sottovia Giménez y señora María Alejandra Pizarro Soto y la Fiscal Judicial señora Carla Troncoso Bustamante.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 140 y 155 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de diez de abril del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que no hizo lugar a imponer la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Humberto Mauricio Zúñiga Carrasco, ni ninguna otra, y en su lugar se decretan las medidas cautelares de las letras a) y d) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario nocturno desde las 22:00 a las 06:00 horas del día siguiente y arraigo nacional, debiendo el Tribunal a quo dictar las resoluciones pertinentes con la finalidad de hacer cumplir lo ordenado. Comuníquese. Rol N° 910-2019-Penal Pronunciada por la Quinta Sala de esta Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por las Ministras señora Adriana Sottovia Giménez y señora María Alejandra Pizarro Soto y la Fiscal Judicial señora Carla Troncoso Bustamante.
Texto Completo (Preview)
En Santiago, a doce de abril de dos mil diecinueve. Sala: Quinta Rol: 910-2019 Penal RUC: 1900384816-K Tribunal: Garantía de Puente Alto Integrantes: Ministras señora Adriana Sottovia Giménez, señora María Alejandra Pizarro Soto y la Fiscal Judicial señora Carla Troncoso Bustamante Relator: Cristian Fredes Hernández Ministerio Público: Samuel Malamud Herrera Defensor: Umberto Montiglio Valenzuela
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