23º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/PEÑA BONE MARIA

Rol

Fecha

12 de abril de 2019

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que el tribunal a quo ha excedido el examen de admisibilidad que dispone la ley conforme lo previsto en los artículos 441 y 442, ambos del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veintiuno de febrero de dos mil diecinueve, dictada por el Vigésimotercer Juzgado Civil de Santiago y, en su lugar, se decide que el tribunal a quo deberá dar curso progresivo a los autos como en derecho corresponda mediante juez no inhabilitado. Devuélvase. N°Civil-3421-2019.

Fallo

se decide que el tribunal a quo deberá dar curso progresivo a los autos como en derecho corresponda mediante juez no inhabilitado. Devuélvase. N°Civil-3421-2019.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, doce de abril de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: Que el tribunal a quo ha excedido el examen de admisibilidad que dispone la ley conforme lo previsto en los artículos 441 y 442, ambos del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veintiuno de febrero de dos mil diecinueve, dictada por el Vigésimotercer Juzgado Civil de Santiago y,

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