1º JUZGADO DE LETRAS DE SAN FERNANDO

TATTERSALL GANADO S.A./SAA HERRERA PEDRO PABLO

Rol

Fecha

12 de abril de 2019

Materia

CHEQUE, NOTIFICACIÓN PROTESTO

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Teniendo únicamente presente que el artículo 489 del Código Orgánico de Tribunales permite recusar al receptor judicial sin expresión de causa, por una vez, intención que se desprende de la petición del incidentista, y visto, además, lo dispuesto por los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de fecha dieciocho de octubre de dos mil dieciocho, dictada por el Primer Juzgado de Letras de San Fernando en sus autos Rol C-688-2018 y en su lugar se decide que se tiene por recusado en estos autos al receptor judicial de San Fernando, Sr. Rody Mancilla Vera. Comuníquese. N°Civil-1477-2018.

Fallo

se decide que se tiene por recusado en estos autos al receptor judicial de San Fernando, Sr. Rody Mancilla Vera. Comuníquese. N°Civil-1477-2018.

Texto Completo (Preview)

Rancagua, doce de abril de dos mil diecinueve. VISTOS: Teniendo únicamente presente que el artículo 489 del Código Orgánico de Tribunales permite recusar al receptor judicial sin expresión de causa, por una vez, intención que se desprende de la petición del incidentista, y visto, además, lo dispuesto por los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución ape

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica