DCTE. O QTE. Y DTE. CIVIL: MARCELO ELGUETA GRILLO. DCDO. O QDO. Y DDO. CIVIL: BANCO DE CHILE S.A.
Rol
Fecha
12 de abril de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
VISTO: En el
Fundamentos
considerando 23° de la sentencia apelada, se sustituye el guarismo “$3.500.000” por “$3.200.000”. Y se tiene, además, presente: 1.- Que de acuerdo al mérito del proceso, la suma por la cual se habría hecho transferencia a un tercero desde la cuenta corriente del querellante, asciende a $3.200.000, única a la que se dará lugar a reversar, ya que corresponde a aquella que efectivamente salió del patrimonio del afectado. 2.- Que, por otra parte los documentos a que hizo referencia el abogado querellante en estrados, fueron agregados en el escrito de apelación y no en esta instancia, por lo que esta Corte no puede hacerse cargo de ellos.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 18.287, SE CONFIRMA, en lo apelado y sin costas, la sentencia de cinco de octubre de dos mil dieciocho, rolante de fojas 156 a 164, complementada por la de doce de diciembre pasado, escrita a fojas 192, con declaración que la suma que se ordena a la parte querellada reversar en favor de la querellante asciende a $3.200.000. Regístrese y devuélvase. Redacción de abogado integrante señor Gonzalo Cortez Matcovich. N° Policía Local-7-2019.
Texto Completo (Preview)
Foja: 209 Doscientos nueve C.A. de Concepción irm Concepción, doce de abril de dos mil diecinueve. VISTO: En el considerando 23° de la sentencia apelada, se sustituye el guarismo “$3.500.000” por “$3.200.000”. Y se tiene, además, presente: 1.- Que de acuerdo al mérito del proceso, la suma por la cual se habría hecho transferencia a un tercero desde la cuenta corriente del querellante, asciende a $
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