ALICIA LILIANA MORRIS HIDALGO A FAVOR DE ANGELO ALFREDO VASQUEZ MORRIS CONTRA POBLACIÓN PENAL Y GENDARMES DEL MODULO 107
Rol
Fecha
12 de abril de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A fojas 1, comparece por sí Alicia Liliana Morris Hidalgo, e interpone recurso de amparo de garantías fundamentales en favor de su hijo Ángelo Alfredo Vásquez Morris y en contra de Gendarmería de Chile, por el acto arbitrario e ilegal, conculcatorio de garantías fundamentales, que importaría la amenaza a la integridad de su hijo por parte de Gendarmes e Internos del Módulo 107 del Complejo Penitenciario de Valparaíso, en el que se encuentra privado de libertad el amparado. Solicita la intervención de esta Corte para restablecer el imperio del derecho. Señala que el amparado se encontraría en celda de aislamiento y que ha recibido amenazas de muerte por otros internos; A fojas 21, informa Gendarmería de Chile al tenor del recurso, señalando que el interno se encuentra recluido en el Módulo 107 del Penal, y que solicitó el 5 de abril del presente año el aislamiento voluntario por causa de amenazas de muerte por parte de otros internos. Se le ofrece un cambio de módulo, al que se niega, por lo que se accede a su solicitud. Asimismo, se le sugiere el traslado a otra unidad penal, que también deniega. Indica que con este aislamiento, Gendarmería ha cumplido con su deber de solventar la integridad física del interno; A fojas 22, se trajeron los autos en relación; Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Primero: Que del mérito de los antecedentes, no se advierte la existencia de actos ilegales o arbitrarios que conculquen la garantía del numeral séptimo del artículo 19 de la Carta Fundamental, desde que, de lo informado por Gendarmería de Chile, se han tomado todas las medidas necesarias para resguardar la vida y salud del condenado; más aún, ellas han sido solicitadas por él mismo, según aparece de su declaración voluntaria, y aun cuando se le ha ofrecido un cambio de módulo o de penal, éste no lo ha aceptado y su deseo ha sido respetado; Segundo: Que, a más de lo anterior, junto con no haberse formulado solicitud alguna de medidas concretas a adoptar por esta Corte para restablecer el imperio del derecho, no se vislumbra qué medidas podrían ser adoptadas a dicho fin, desde que la eventual conculcación ha cesado con las medidas adoptadas por la autoridad en protección de la vida del interno; Tercero: Que por último, vale la pena destacar que la disciplina interna de los condenados, su segregación, reubicación y traslado, conforme al Decreto Supremo N° 518, corresponden a facultades privativas de Gendarmería de Chile, ejercidas conforme al mejor criterio de esta institución en aras de su adecuado funcionamiento y cumplimiento de fines, no siendo potestad de esta Corte intervenir en las mismas, en cuanto sean ejercidas conforme a derecho.
Fallo
Por estas consideraciones y conforme con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo interpuesto a fojas 1, por Alicia Liliana Morris Hidalgo, en favor de su hijo Ángelo Alfredo Vásquez Morris. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-201-2019. En Valparaíso, doce de abril de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Foja: 23 Veintitrés C.A. de Valparaíso Valparaíso, doce de abril de dos mil diecinueve. Visto: A fojas 1, comparece por sí Alicia Liliana Morris Hidalgo, e interpone recurso de amparo de garantías fundamentales en favor de su hijo Ángelo Alfredo Vásquez Morris y en contra de Gendarmería de Chile, por el acto arbitrario e ilegal, conculcatorio de garantías fundamentales, que importaría la amenaza
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