JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PUTAENDO

PULGAR / ESTAY

Rol

Fecha

12 de abril de 2019

Materia

REAJUSTES E INTERESES

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: 1.- Que la parte actora se alza de nulidad contra el

Fallo

fallo de instancia sobre la base de tres causales, a saber: las de las letras b) y e) del artículo 478 del Código del Trabajo, y la de infracción de ley contemplada en el artículo 477 del mismo Cuerpo Legal. Ahora bien, estas causales se interponen en forma conjunta, según mención expresa de la primera página del recurso, pero sucede que las dos primeras son incompatibles con la tercera, según se dirá. 2.- Que las dos primeras causales apuntan a un deficiente o errado establecimiento de los hechos. Así, una se refiere a la apreciación de la prueba vulnerando las reglas de la sana crítica, y la otra a la falta de valoración de medios probatorios, a la hora de establecer determinados hechos. La tercera causal, en cambio, supone que a una realidad fáctica dada, establecida en la sentencia del grado y por ende aceptada por el recurrente, debía aplicarse una también determinada normativa jurídica, que no se aplicó. Es decir, las dos primeras causales buscan sustituir la base fáctica de resolución, y la tercera parte de la base de esa misma realidad fáctica, suponiendo errada sólo la fundamentación o aplicación del derecho. En tales condiciones, el recurso no puede prosperar, porque se destruye a sí mismo. 3.- Que lo anterior es sin perjuicio de que, respecto a la primera causal, no se diga en absoluto cómo es que se vulneraron qué reglas de la sana crítica; respecto de la segunda, se indique solo que se valoró un documento que el fallo sí pondera, desechándolo, pero además el re

Texto Completo (Preview)

Foja: 45 Cuarenta y cinco J.v.p. C.A. de Valparaíso. Valparaíso, doce de abril de dos mil diecinueve. Vistos y considerando: 1.- Que la parte actora se alza de nulidad contra el fallo de instancia sobre la base de tres causales, a saber: las de las letras b) y e) del artículo 478 del Código del Trabajo, y la de infracción de ley contemplada en el artículo 477 del mismo Cuerpo Legal. Ahora bien, e

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica