A.F.P. CUPRUM S.A. CON OCTAVIO POBLETE FERNANDEZ
Rol
Fecha
12 de abril de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, se colige que la resolución recurrida por vía de apelación es aquella que se pronunció rechazando el incidente de nulidad promovido por el ejecutado, la que atendida su naturaleza jurídica, resulta inapelable conforme lo previene el artículo 8 de la Ley N° 17.322, por lo que, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el apoderado del ejecutado, don Esteban Maldonado Ayala, el veintinueve de marzo del año en curso, deducido en contra de la resolución de veintiséis de marzo de dos mil diecinueve, en la causa RIT N° A-20-2016, RUC N° 1630117549-7, del Juzgado de Letras del Trabajo y Cobranza Previsional de Arica. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 39-2019 Laboral Cobranza.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el apoderado del ejecutado, don Esteban Maldonado Ayala, el veintinueve de marzo del año en curso, deducido en contra de la resolución de veintiséis de marzo de dos mil diecinueve, en la causa RIT N° A-20-2016, RUC N° 1630117549-7, del Juzgado de Letras del Trabajo y Cobranza Previsional de Arica. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 39-2019 Laboral Cobranza.
Texto Completo (Preview)
Arica, doce de abril de dos mil diecinueve. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, se colige que la resolución recurrida por vía de apelación es aquella que se pronunció rechazando el incidente de nulidad promovido por el ejecutado, la que atendida su naturaleza jurídica, resulta inapelable conforme lo previene el artículo 8 de la Ley N° 17.322, por lo que, se declara inadmisible el recur
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